La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (Semovi) anunció que ciertos modelos de bicicletas deberán de portar placas de forma obligatoria, por ello te decimos cuáles son estos.
La dependencia capitalina llamó a las empresas fabricantes de bicicletas y moto bicis eléctricas se brinde información de las características exactas de sus productos.
El secretario Andrés Lajou recordó que el reglamento de tránsito establece que la velocidad máxima para que un vehículo no sea considerado como motorizado debe ser de 25 kms/ hr. Por tanto, si el vehículo rebasa dicha velocidad deberá cumplir con las especificaciones según la ley de Tránsito, como el uso de casco.
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¿Cuáles son las bicicletas que deberán tramitar placas?
De acuerdo con el Reglamento de Tránsito de la ciudad, se indica que la velocidad máxima para que un vehículo sea considerado no motorizado (aún con ayuda de motor eléctrico), es de 25 kilómetros por hora por lo tanto, deben estar emplacados y los ciclistas deben tener puesto su casco de seguridad.
“Aquellos (vehículos) cuya velocidad sea mayor a 25 kilómetros por hora, básicamente son motocicletas aunque el motor sea eléctrico. Por lo tanto, necesitan estar emplacados y también necesitan traer un casco acorde con las características del vehículo. Me parece que como estos vehículos son nuevos se empezaron a vender sin información , entonces, el Jefe de Gobierno nos pidió atender el tema”, explicó Lajous.
¿Cuál es la multa de no cumplir con el reglamento?
El funcionario mencionó que por ser considerados motocicletas, los ciclistas pueden solicitar informes en los Módulos de Control Vehicular o en los Centros de Servicio de Tesorería.
Recuerda que, si no cumples con el Reglamento de Tránsito, pueden darte una infracción o una multa que va de los $2,074 a $3,112 pesos.
Así fue el mensaje de Semovi:
DMZ