CdMx publica lineamientos para reconvertir oficinas en viviendas; esto debes saber

El gobierno local informó que la reconversión contará con beneficios fiscales y facilidades de registro ante la Seduvi.

El gobierno de CdMx publicó la modificación a los Lineamientos para la Reconversión de Oficinas a Vivienda. | Archivo
Alma Paola Wong
Ciudad de México /

El gobierno de la Ciudad de México publicó la modificación a los Lineamientos para la Reconversión de Oficinas a Vivienda en la capital del país, a fin de impulsar zonas donde se tienen identificadas oficinas vacías y habitarlas.

Como parte del plan de reactivación económica de la capital, la reconversión de oficinas a vivienda contará con beneficios fiscales y facilidades de registro ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi).

¿Cuáles son los lineamientos?

De acuerdo con los nuevos lineamientos, se consideran en desuso o abandono, los inmuebles que se encontraban en uso hasta antes del 31 de marzo de 2020 y que actualmente no cumplan con su función.

Por ello, serán elegibles aquellos inmuebles que sean oficinas y/o comercio construidos con ocupación con obsolescencia funcional; los construidos en desuso o en abandono; así como con giro de industria de bajo impacto construidos con ocupación y con obsolescencia funcional; y aquellos con giro de industria de bajo impacto y en desuso o en abandono.

¿En qué polígonos y vialidades deberán estar ubicados los inmuebles?

  • El área que comprende el Centro Histórico de la Ciudad de México.
  • El área que comprende el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Zona de Santa Fe de los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano para las demarcaciones territoriales Álvaro Obregón y Cuajimalpa de Morelos.
  • El área que comprende el Programa Parcial de Desarrollo Urbano Polanco de la demarcación territorial Miguel Hidalgo.
  • El área que comprende el Sistema de Actuación por Cooperación para el Mejoramiento y Consolidación Sustentable del Desarrollo Urbano de la zona denominada Granadas, ubicado en la demarcación territorial Miguel Hidalgo;
  • Avenida Paseo de la Reforma en el tramo de Avenida Hidalgo, hasta Fuente de los Petróleos.
  • Avenida Revolución, en su totalidad.
  • Avenida Insurgentes Sur en el tramo del Monumento al Caminero hasta el cruce con Anillo Periférico.
  • Avenida Insurgentes Centro, en su totalidad.
  • Avenida Insurgentes Norte, en el tramo de Avenida Ribera de San Cosme y México Tenochtitlán, hasta Ricardo Flores Magón.
  • Anillo Periférico, en los tramos correspondientes que se encuentren dentro de las demarcaciones territoriales de Benito Juárez, Coyoacán, y Miguel Hidalgo.

Tipos de zonificaciones

Los predios deberán contar con los siguientes tipos de zonificaciones, según los Programas vigentes de Desarrollo Urbano o de Ordenamiento Territorial: 

  • Habitacional (H).
  • Habitacional con Comercio (HC).
  • Habitacional con Oficinas (HO).
  • Habitacional Mixto (HM).
  • Habitacional con Comercio y Servicios (HCS).
  • Habitacional con Entretenimiento (HE) en Centro Histórico.
  • Habitacional, Servicios y Oficinas (HSO).
  • Otros tipos de zonificación Habitacionales que no se encuentren establecidos de forma expresa en el listado anterior, indicados en los Programas Parciales de Desarrollo Urbano.
  • Centros de Barrio (CB).

¿Cómo se puede registrar un inmueble para reconversión?

Para realizar el registro de un inmueble a fin de ser destinado a un proyecto de Reconversión, la Persona Promovente deberá solicitarlo registrando su proyecto a través de la Oficialía de Partes de la Seduvi.

Una vez emitido el oficio de procedencia de registro, la Unidad Responsable llevará a cabo el análisis y revisión de cada uno de los proyectos inscritos y, en caso de ser necesario, será la encargada de solicitar opinión técnica a las diferentes áreas involucradas.

Al concluir el periodo de revisión, la Unidad Responsable contará con cinco días hábiles para emitir el Dictamen de Aprobación que será turnado a la Dirección del Registro de los Planes y Programas de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) para su inscripción y la expedición del Certificado Único de Zonificación de Uso de Suelo correspondiente.

Por lo que la Persona Promovente del proyecto de Reconversión podrá realizar los trámites correspondientes para obtener el Aviso, Licencia o Manifestación de Construcción, según sea el caso. Los proyectos aprobados podrán solicitar los beneficios fiscales que se establecen en el numeral Décimo Cuarto de los Lineamientos.

El acuerdo entra en vigor a partir de este 22 de marzo de 2022 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.

FLC

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