Éstas son las nuevas reglas de cementerios en CdMx; incluyen cámaras del C5 y memoriales

El gobierno de la Ciudad de México informó que este 12 de marzo entró en vigor el Reglamento de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios; destaca el derecho a la memoria de los difuntos de manera digna.

Se creará el Sistema de Registro de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios. (Francisco Villeda | Archivo)
Leonardo Lugo
Ciudad de México /

El gobierno de la Ciudad de México informó que este 12 de marzo entró en vigor el Reglamento de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios, el cual tiene por objeto regular el establecimiento, funcionamiento, conservación, operación, administración y vigilancia del servicio público de dichos establecimientos.

En un comunicado se detalló que dentro del reglamento destaca el derecho a la memoria de los difuntos de manera digna, y que cada cementerio construirá un memorial para alojar los restos humanos cuya temporalidad feneció y no se cuenta con renovación por parte de los deudos.

Con el nuevo reglamento, todos los cementerios y crematorios contarán con cámaras de videovigilancia que tendrán conexión directa con el C5 las 24 horas del día, los 365 días del año.

También se creará el Sistema de Registro de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios en el que se concentrará la información relacionada a la recuperación de fosas, criptas, gavetas y nichos en estado de abandono; el registro de las personas trabajadoras y encargadas de cementerios en cualquiera de sus modalidades; así como del alojamiento de restos humanos, restos humanos áridos, cremados y cumplidos; entre otros datos.

Las alcaldías deberán determinar específicamente el personal que labore en oficinas administrativas vinculadas a labores relacionadas a cementerios y crematorios; asimismo, se estableció la corresponsabilidad con los directores de área encargados de estas oficinas.

Las personas encargadas de los cementerios y crematorios deberán aprobar un examen de control de confianza y no contar con antecedentes penales; entre otros requisitos.

La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo se coordinará con las alcaldías para emprender una campaña de información en los cementerios civiles para informar a las personas prestadoras de servicios externos sobre los requisitos con los que deben cumplir para tramitar su licencia, con previa autorización de las alcaldías.

La Agencia de Protección Sanitaria de la Secretaría de Salud (Sedesa) realizará las gestiones necesarias para que el Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses del Tribunal Superior de Justicia capacite al personal adscrito a las alcaldías en el correcto manejo de cadáveres.

Las infracciones y sanciones a las normas contenidas en el reglamento irán desde una amonestación y multas de una a 50 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, hasta la cancelación definitiva de la autorización o concesión de los cementerios. Las sanciones se aplicarán con independencia de las que pudieran determinarse en materia de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y demás delitos relacionados.

También se creó la Comisión Consultiva de Servicios Funerarios en la Ciudad de México, integrada por diversas autoridades y serán invitados representantes del Tribunal Superior de Justicia, la Fiscalía General de Justicia, ambos de la Ciudad de México y actores del sector privado y asociaciones religiosas.

Las alcaldías tendrán el plazo de un año para llevar a cabo la profesionalización del personal que presta directamente el servicio público de cementerios. Asimismo, contarán con 180 días hábiles para emitir los documentos contemplados en el Reglamento. Las alcaldías y los concesionarios contarán con 60 días hábiles para actualizar o emitir sus Manuales de Operación, los cuales deberán someterse para la aprobación de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales (CEJUR).

En un término de 90 días hábiles, cada alcaldía deberá remitir a la CEJUR un diagnóstico del estado en que se encuentran los cementerios civiles respecto al derecho de temporalidades vigentes y osarios; lo anterior con la finalidad de determinar la cremación o trituración de los restos humanos cumplidos para integrarlos a los memoriales

La CEJUR, en coordinación con la Agencia Digital de Innovación Pública, deberá implementar el Sistema de Registro de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios en un término de un año.


DMZ

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