La población indígena de la zona de Tehuacán que es víctima de algún ilícito está desprotegida cuando se presenta ante la Fiscalía General del Estado al carecer de un intérprete en su lengua materna, declaró el representante de la asociación de Derechos Humanos y Laborales de la región de Tehuacán, Martín Barrios Hernández.
Informó que en la Fiscalía está acreditado sólo un traductor para los hablantes de náhuatl, pero faltan atender otras tres lenguas maternas como; el popoloca, mazateco y mixteco, y por lo menos otros dos más para atender a los hablantes náhuatl de otras zonas de esta región, donde hay variaciones en el habla.
Dijo que toca a la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas dar estos nombramientos necesarios para que exista una correcta impartición de la justicia a los indígenas que en algún momento llegan a ser víctimas, o bien son señalados de la comisión de algún delito, y quienes al estar ante las instancias de justicia no hay quien traduzca sus declaraciones en lengua materna y es ahí donde existen procedimientos irregulares que afecten a estas personas.
Otro de los aspectos que mencionó Barrios Hernández, es que se debe poner públicamente en los estrados de las dependencias responsables de impartir justicia, los nombres de las personas que están como traductores de lenguas maternas para que la sociedad y las organizaciones, así como las personas, tengan la información suficiente con quien deben de recurrir en busca de ayuda.
Mencionó que ante la carencia de traductores, en algunos casos como agraviados se han visto en la necesidad de habilitarlos para que estén presentes en las comparecencias, tanto en la Fiscalía como en los juzgados, pero no es posible que sea la propia sociedad quien asuma esta responsabilidad cuando es una obligación de las autoridades contratar los servicios de traductores de lenguas maternas.
Este es un problema que existe en todo el país, donde no se tienen los suficientes traductores que ayuden en los procedimientos legales a los indígenas, en ocasiones mandan a intérpretes que proceden de otras regiones del país lo cual complica su intervención y a pesar de ser la misma lengua materna tiene variaciones.
Detalló que los pueblos indígenas están protegidos por el artículo 2 de la Constitución, a través del cual les da el derecho de tener un intérprete traductor, al no darse esto, el estado mexicano está violentando los derechos de los pueblos indígenas que no cuentan con un traductor en su lengua y en su variante dialectal.
Comentó que otro de los problemas que se tienen es que la mayoría de ministerios públicos no hablan alguna lengua indígena, por eso es necesario que haya un intérprete que conozca los términos y estos los explique ante la autoridad para que no se violente el derecho a un juicio justo.
Por último, afirmó Barrios Hernández que si no existe una correcta traducción de lo que señala el indígena existe el riesgo de que se inculpe o no conteste adecuadamente y eso le afecta en un juicio penal en su sentencia.
mpl