Salud podrá ejecutar sanciones por violación a las medidas sanitarias

Salud

El alcalde de la ciudad es la autoridad competente para hacer cumplir el Reglamento de Policía y Vialidad, y para imponer las sanciones.

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Renata Quintanar
León /

Ante la incredulidad e indiferencia de algunos leoneses ante las nuevas medidas sanitarias de carácter obligatorio, el pleno del ayuntamiento aprobó un acuerdo con el que instruye a la Dirección General de Salud para que conozca, determine y ejecute las sanciones que deriven del incumplimiento de estas.

Asimismo, instruyó a las dependencias municipales para que realicen todas las actuaciones, diligencias y notificaciones inherentes a la vigilancia, inspección, regulación, control y fomento sanitario: “Se cierra ese círculo para que el ayuntamiento pueda dotar de todas esas herramientas a la administración, al área ejecutiva, operativa para hacer respetar estas medidas”, se determinó.

“Lo que el ayuntamiento hoy hace es delegar esa facultad que tiene como autoridad sanitaria en la dirección de salud municipal a efecto de que conozca de estos procedimientos e incluso de las sanciones derivadas de la ley de salud estatal o federal que habrán de imponerse”, dijo el secretario de ayuntamiento, Felipe de Jesús López Gómez.

Quién detalló, a través de una rueda de prensa virtual, cronológicamente cuáles han sido los acuerdos y comunicados emitidos por las autoridades federales y estatales que dieron pie a que el Presidente Municipal, Héctor López Santillana y el Ayuntamiento dictaran dos diferentes instrumentos jurídicos.

El primero de ellos fue emitido el 27 de abril por el presidente municipal. El cual consiste en una instrucción a las dependencias municipales para redoblar sus esfuerzos y coordinar las acciones para mitigar las conductas que resulten contrarias a las medidas de prevención dictadas por las autoridades sanitarias.

Enfatizó que de acuerdo con la Ley Orgánica Municipal, el alcalde de la ciudad es la autoridad competente para hacer cumplir el Reglamento de Policía y Vialidad, y para imponer las sanciones que corresponden a la violación del mismo.

“La facultad que tiene el presidente municipal como mando supremo de las fuerzas públicas municipales en razón de que el propio reglamento establece faltas administrativas que atentan contra la salud pública”, describió. Señaló que el artículo 11 de dicho reglamento señala que puede ser sanciona cualquier acción u omisión que afecte la salud pública.

Finalmente, el Secretario del Ayuntamiento explicó que los procesos iniciados por la Policía Municipal serán atendidos por los Jueces Cívicos, mientras que los iniciados por el resto de las dependencias serán calificados y ejecutados por la Dirección General de Salud.


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