Va Jalisco por modificación en reforma para erradicar el 'stalking' o acecho

La diputada Gabriel Cárdenas detalló que este tipo de prácticas cada vez son más frecuentes e incluso han derivado en hechos violentos principalmente hacia las mujeres.

Se pretende erradicar el acecho. (Roberto Hurtado)
Roberto Hurtado
Guadalajara /

Con una reforma al código penal impulsado por la diputada Gabriela Cárdenas de MC en el Congreso de Jalisco, se pretende erradicar el acecho o conocido recientemente como stalking, el cual se desprende del acoso físico o acecho de alguna persona.

La diputada detalló que este tipo de prácticas cada vez son más frecuentes e incluso han derivado en hechos violentos principalmente hacia las mujeres.

“Todas sus letras esto es el acecho cualquier contacto o intento de contacto que nos realiza otra persona y que realiza otra persona con nosotros sin nuestro consentimiento es importante destacar esto y nos hace sentir temor, nos hace sentir angustia, nos hace sentir una amenaza, nos hace sentir ataque y esto puede repercutir en nuestra salud mental en nuestra salud física en nuestra integridad y en nuestra vida cotidiana porque nos hace cambiar de alguna manera la forma en la que nosotros habitamos”, explicó Cárdenas.

La legisladora reconoce que lamentablemente hay muchas mujeres que actualmente sufren este tipo de violencia, ya sea de manera personal o incluso a través de redes sociales

“En la que nadie tiene derecho a robarnos nuestra paz y tranquilidad, entendimos que el asecho es una conducta precursora de otros delitos de alto impacto, como lo son la trata de personas, los homicidios, los feminicidios, la desaparición de personas, y es por ello que decidimos trabajar en equipo, ponerle atención y hacer este conversatorio que busca darle viabilidad a una reforma al código penal del estado de Jalisco”, señaló.

La diputada y su partido buscan que esta propuesta se pueda aprobar en un futuro para sumar un granito más a la lucha contra la violencia de género en Jalisco.


PROPUESTA DE REFORMA 

Capítulo VI Bis. Acecho.

Artículo 193 bis. Se impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa de hasta quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización al momento de cometerse el delito, al que por cualquier medio siga, vigile o se comunique con una persona de manera persistente y reiterada de tal forma que ocasione menoscabo, restricción, limitación o alteración en su estilo de vida o que en razón de ello se limite gravemente la libertad de actuar o tomar decisiones por miedo, temor o angustia de sufrir un daño en su persona, familia, o patrimonio.



MC

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