Tamaulipas es de los estados menos permisivos en su legislación en cuanto al tema del aborto, señala el Instituto Melisa.
Según el Código Penal vigente en el estado, comete el delito de aborto el que priva de la vida al producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.
Al respecto, el presidente de la Barra de Abogados de Tampico y Ciudad Madero, Fausto Villarreal, precisó que de acuerdo con el Artículo 356 del citado código, a la mujer que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, se le impondrá una sanción de uno a cinco años de prisión.
Explicó que también contempla la ley medidas alternativas que se han adoptado en varios Códigos Penales del país.
Con base en el Artículo 357 del citado ordenamiento legal, el juez queda facultado para sustituir la pena privativa de libertad por tratamiento médico integral, bastando que lo solicite y ratifique la responsable.
Conforme al Artículo 358, al que hiciere abortar a una mujer se le impondrá una sanción de uno a cinco años de prisión, siempre que lo haga con el consentimiento de ella.
Detalló que cuando falte el consentimiento, la prisión será de tres a seis años y si mediare violencia física o moral se impondrán al autor, de seis a ocho años de prisión.
JERR