Tamaulipas llega al mes de la mujer con una estadística oficial de cuatro muertes violentas del género en 2022 y solo una tipificada como feminicidio, en donde la víctima era menor de edad y los hechos ocurrieron en San Fernando.
Para que personal de seguridad pública, fiscales y jueces puedan identificar mejor el feminicidio y se reduzca la impunidad en este delito, en la Cámara de Diputados se propone una ley general que homologue el tipo penal y castigo.
Estadística oficial
En su más reciente informe del presente año, correspondiente al mes de enero, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp)precisa que de los 75 feminicidios cometidos en el país, uno ocurrió en Tamaulipas, estado que en 2021 tuvo oficialmente cuatro víctimas de este delito.
En ese primer mes de 2022, hubo feminicidios en 67 municipios del territorio nacional, San Fernando entre ellos, mientras que los homicidios dolosos de mujeres sumaron 217 casos en todo el país y Tamaulipas con tres registros se colocó en el lugar 16.
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Estados con leyes incompletas
Actualmente solo 19 estados cuentan con un tipo penal de feminicidio que cumple total o parcialmente con las características para poder acreditar el delito (privar de la vida a una mujer por razones de género), Tamaulipas entre estos.
“Un tipo penal adecuado permite a policías, ministerios públicos y jueces, identificar de la mejor manera el feminicidio”, señaló la diputada federal Monserrat Arcos, quien propone una ley general para castigar este delito.
Sostiene que la disparidad entre las tipificaciones penales supone un reto para la identificación del delito y su separación del homicidio doloso. Es por ello que se considera la necesidad de homologarlo en las entidades federativas.
Perfilan ley general
Con ese propósito, plantea adicionar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para abrir la puerta a “una ley general que establezca como mínimo los tipos penales y las sanciones en materia de delitos contra la integridad de las mujeres, distribuyendo competencias y formas de coordinación entre federación, estados y municipios”.
En ese sentido, aunado al feminicidio, propone agregar en esta homologación la violación, estupro, abuso sexual y violencia familiar.
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Subregistro de actividad: activistas
El Frente Feminista Tamaulipeco señala que el subregistro en los casos de feminicidio genera impunidad pues las autoridades no entienden de qué se tratan las razones de género y desestiman el hecho de que están obligados a iniciar la investigación como feminicidio ante cualquier muerte violenta de mujer.
Sin embargo, la colectiva lamenta que se incurra sistemáticamente en ello porque si no se reconoce una incidencia, será imposible visibilizar el problema y resolverlo.
Uno de los factores que complica tipificar el feminicidio es que algunas mujeres que son privadas de la vida por su esposo, no siempre tienen el antecedente de haber acudido a interponer una denuncia por violencia familiar.
La ley dice
El homicidio doloso se convierte en calificado cuando se comete con premeditación, ventaja y alevosía, saña, odio o traición. La pena es de 20 a 50 años de prisión.
El artículo 337 bis detalla que incurre en el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género, las cuales se dan cuando la víctima presente signos de violencia sexual; antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar; cuando haya existido una relación sentimental, afectiva o de confianza entre víctima y victimario; amenazas previas o acoso, entre otros factores.
A quien cometa feminicidio se le impondrán de cuarenta a cincuenta años de prisión y de quinientos a mil días de multa. “En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio”, cita el Código Penal del Estado.
SJHN