Ordena TEEH a Sergio Baños entregar información solicitada por asambleístas

El órgano jurisdiccional local mandató al presidente municipal de Pachuca entregar la documentación solicitada por la regidora Olivia Zúñiga Santín

Sergio Baños presidente municipal de Pachuca. (Jorge Sánchez)
Pachuca; Hidalgo /

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) ordenó al presidente municipal de Pachuca Sergio Baños Rubio, entregar la información solicitada por la regidora Olivia Zúñiga Santín en un plazo no mayor a cinco días hábiles, esto debido a que no atendió en la totalidad el derecho de acceso a la información de esta asambleísta y su derecho de ejercicio del cargo.

Lo anterior al resolver el Juicio de la Ciudadanía (JDC) bajo expediente TEEH-JDC-024-2023, en el cual declaró la vulneración de los derechos de la asambleísta al no recibir respuesta a sus peticiones desde el 24 de febrero de este año, por lo cual el edil debe acatar la transparencia y máxima publicidad en su administración con sus pares integrantes del ayuntamiento.

Dicha omisión de parte del presidente municipal, destacó la magistrada presidenta del TEEH Rosa Amparo Martínez Lechuga, se debe a la omisión de entregar la información solicitada en su totalidad, pues el 29 de marzo se hizo entrega de forma parcial a esta demanda de la regidora, aunque no se atendió la solicitud emitida en su totalidad, por lo cual debe acatar este mandato.

Por otro lado, el secretario general de Pachuca, a quien se acusó igualmente por la vulneración de los derechos políticos y electorales de la regidora, en específico en su derecho de ser votada en la modalidad de desempeño y ejercicio del cargo, no fue apercibido de ninguna forma debido a que se sobreseyó la demanda respecto a su persona.

Esto ya que el pasado dos de marzo el funcionario municipal entregó un oficio, el cual de acuerdo a Zúñiga Santín, se le obstruyó su derecho de desarrollo del cargo, pese a esto el medio de impugnación no fue promovido oportunamente, por lo cual el acto donde se fueron trastocados sus derechos se efectuó el dos de marzo, sin embargo, interpuso la demanda hasta el 13 de marzo, por lo cual, enunció Martínez Lechuga, es evidente la extemporaneidad del mismo.


  • Teodoro Santos

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