La mañana de hoy se llevó a cabo en el Registro del Estado Familiar del municipio de Tlanchinol, su primer registro en base a la última reforma publicada en el periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 2 de Diciembre del año 2020, el decreto número 528, que reforma los artículos 416 y 417 de la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo.
El segundo párrafo del artículo 416 se reestructura de la siguiente manera:" Tratándose del nombre de quién se registra, este se formará con el o los nombres propios y los apellidos en el orden en que las o los presentantes determinen, inscribiendose en el acta de nacimiento el método utilizado en los siguientes términos".
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Lo anterior, para contemplar, dentro de tres fracciones, supuestos que pudieran presentarse al momento de solicitar un registro.
Respecto a la fracción I se establece: I.- pueden escoger de común acuerdo y mediante escrito el orden en el que se colocarán los apellidos. a) Ambos progenitores, madres o padres, y b) Ambos Adoptantes.
Por lo cual, hoy en la mañana el padre y la madre de un menor pertenecientes al municipio, hicieron valer su derecho solicitando por escrito, que el registro de su primogénito se llevara a cabo colocando primero el apellido paterno de la madre y el segundo el apellido paterno del padre.