Trata de personas en Guanajuato: 45% de los casos son contra mujeres para explotación sexual

Del 1 de enero de 2019 al 15 de junio de 2024 se cuenta con 53 carpetas de investigación iniciadas por el delito de trata de personas en el estado.

Trata de personas en Guanajuato
Wendoline Adame
Guanajuato /

En el marco del Día Mundial contra la Trata de Personas que se conmemora cada 30 de julio, el panorama para Guanajuato indica que en el 45% de los casos, la trata de personas se da en contra de mujeres y de manera específica para su explotación sexual, donde principalmente se les obliga a la prostitución.

De acuerdo a cifras oficiales de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato, y con información de Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Alto Impacto, en lo que va del sexenio-Del 01 de enero de 2019 al 15 de junio de 2024 se cuenta con 53 carpetas de investigación iniciadas por el delito de trata de personas, esto representa un por promedio de 9 carpetas de investigación iniciadas por año.

De dicho total de 53 carpetas de investigación por trata de personas, se tiene que 5 son por la modalidad de explotación laboral, lo que equivale a 9.4%. 

Por la modalidad de explotación sexual se tiene 24 carpetas iniciadas que representan el 45%. Se suman 2 carpetas de investigación por trata de personas para pornografía infantil, lo cual equivale al 3.7% del total.

En ese mismo periodo se iniciaron dos carpetas de investigación por mendicidad forzada 3.7%, en este caso en particular hubo 2 victimas mujeres y 1 hombre, todas menores de edad y de nacionalidad mexicana, ubicando a 4 presuntos responsables que los explotaban.

Es importante destacar que cada carpeta de investigación puede corresponder a una o mas víctimas, y al analizar a profundidad este delito, se tiene que del total de personas que se ven involucradas en trata de personas en Guanajuato, el 84% son mujeres y sólo el 16% son hombres. 

El Artículo 179 del Código Penal del Estado de Guanajuato señala que comete el delito de trata de personas quien induzca, procure, permita, favorezca, reclute, retenga, acoja, promueva, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba para sí o para un tercero, a una o más personas para someterlas a cualquier forma de explotación, ya sea de carácter sexual, o de trabajos o servicios impuestos, o con la intención, contra su voluntad, de la extracción de órganos, tejidos o componentes.

La pena para quien comete este delito, va de ocho a dieciséis años de prisión y de quinientos a mil quinientos días multa, pudiendo incrementarse de dieciséis a veintiséis años de prisión y de mil a tres mil días multa, si utiliza el engaño y la violencia física.


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