¿Qué vuelos han sido cancelados y demorados desde el AICM un día antes de Semana Santa?

Cancelaciones y demoras han sido reportadas, conoce aquí todos los vuelos afectados desde el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

Contratiempos AICM: vuelos afectados | Fotos: Cuartoscuro | Diseño: Mauricio Ledesma
Milenio Estados
Ciudad de México, México /

El Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) se enfrenta a contratiempos en algunos de sus vuelos programados, lo que generó inconvenientes para los pasajeros que planean viajar. 

Tanto cancelaciones como demoras han sido reportadas en varias rutas, lo que ha llevado a la administración del aeropuerto a desplegar esfuerzos para resolver estas incidencias y brindar asistencia a los afectados.

A continuación, te detallamos los vuelos afectados.

¿Qué vuelos han sido cancelados?

  • Con destino a Mérida, Yucatán:

Aerolínea: AeroMéxico

Vuelo: AM 826

Hora: 12:00 horas

¿Qué vuelos han sido demorados?

  • Con destino a Ciudad de Guatemala, Guatemala:

Aerolínea: AeroMéxico

Vuelo: AM 670

Hora: 20:05 horas

  • Con destino a Torreón, Coahuila:

Aerolínea: AeroMéxico

Vuelo: AM 108

Hora: 20:15 horas

  • Con destino a Madrid, España:

Aerolínea: Iberia

Vuelo: IB 6402

Hora: 20:15 horas

  • Con destino a Monterrey, Nuevo León:

Aerolínea: AeroMéxico

Vuelo: AM 960

Hora: 21:40 horas

¿Dónde puedo consultar el estado de mi vuelo del AICM?

Para consultar toda la información AL MOMENTO, te recomendamos que consultes la página de "Estatus de vuelos oficiales", portal del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. 

Los vuelos retrasados y cancelados están siendo monitoreados de cerca por las autoridades del aeropuerto, quienes recomiendan a los pasajeros afectados consultar directamente con las aerolíneas correspondientes para obtener información actualizada sobre posibles alternativas disponibles.

¿Qué hacer cuando una aerolínea cancela tu vuelo? Estos son tus derechos

La Ley de Aviación Civil establece que, en caso de cancelación de vuelo, la aerolínea debe ofrecer un nuevo espacio en otro horario o día, así como proporcionar alimentos y hospedaje al afectado.

Es importante destacar que estas medidas se aplican cuando la cancelación es por motivos ajenos a la decisión del pasajero.

De acuerdo con lo estipulado por la Ley de Aviación Civil, si el retraso del vuelo supera las dos horas pero es inferior a las cuatro, la aerolínea debe compensar al pasajero con un 7.5% del costo pagado. 

Si el retraso excede las cuatro horas, la indemnización aumenta al 25%.

En casos de retrasos prolongados que superan las cuatro horas, el pasajero tiene el derecho de elegir que el vuelo sea considerado como cancelado

En tal situación, la aerolínea debe proporcionar un nuevo espacio en otro horario o día, además de alimentos y hospedaje.

Con información de Roberto Valadez

MO

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