El artículo 26 fracción XXIII del estatuto orgánico del Conacyt fue modificado y ahora el organismo podrá solicitar información de cualquier contrato o convenio que se haya realizado y en su caso modificarlo, esto con el fin de "salvaguardar" los intereses del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Las modificaciones fueron publicadas en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación y entrarán en vigor a partir del 13 de enero. El artículo señalado ahora establece que la Unidad de Asuntos Jurídicos del Consejo tendrá las facultades para solicitar información sobre el cumplimiento de las obligaciones y derechos derivados de contratos o convenios celebrados, en su caso, coordinará y ejecutará las acciones correspondientes para proteger los intereses del mismo.
Mientras que el estatuto orgánico publicado en el DOF el 17 de febrero de 2020 establecía que dicha unidad podía dictaminar la aplicación de las sanciones de carácter laboral que se hagan acreedores los trabajadores del Consejo por violación a disposiciones laborales aplicables, así como reconsiderar, en su caso, los dictámenes que hubiesen emitido.
Ahora tras estos cambios ya establecidos, el Conacyt podrá modificar cualquier contrato, pero ya no se mencionan las medidas que se tomarán contra trabajadores del consejo en cualquier irregularidad.
GAC