Tras quedar atrás el veto del Gobierno del Estado en la materia, el Congreso del Estado aprobó una nueva Ley de Cambio Climático que incluye multas hasta de 800 mil pesos y penas que podrían alcanzar los 9 años de prisión a empresas contaminantes.
Durante la sesión ordinaria ante el Pleno, los diputados locales avalaron la nueva legislación por unanimidad con 42 votos a favor.
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Esta ley establece disposiciones para lograr la adaptación al cambio climático, y acciones para la mitigación de gases y compuestos de efecto invernadero.
El Artículo 56 de la ley incluye que en caso de que las personas físicas o morales responsables de las fuentes emisoras contaminantes, de competencia estatal o municipal, sujetas a reporte, no entreguen la información, datos o documentos por la Secretaría o los Ayuntamientos en el plazo correspondiente, podrán imponer una multa por el equivalente de 100 a 3 mil veces el valor diario de medida y actualización vigente que corresponda al momento de cometer la infracción.
“En caso de encontrarse información falsa proporcionada por la persona física o moral responsable de las fuentes emisoras (contaminantes), de competencia estatal o municipal, sujetas a reporte, podrán imponer multas equivalente a 350 mil veces a la unidad de medida y actualización vigente al cometer la infracción”, señala la Ley.
El diputado Francisco Cienfuegos, coordinador priista en el Congreso, indicó que las penas a las empresas contaminantes serán de hasta 9 años de prisión y 800 mil pesos de multa económica.
El pasado 15 de mayo, el Congreso del Estado avaló la nueva Ley de Cambio Climático con la intención de regular la contaminación que emiten principalmente las diferentes industrias en el estado.
Sin embargo, un mes después, el 6 de junio, en pleno Día Internacional del Medio Ambiente, el Gobierno de Nuevo León vetó la ley junto con otras siete legislaciones.
El veto incluía el decreto número 133 de la Ley del Cambio Climático que establece, entre otras cosas, la creación de un fondo para combatir el cambio climático y generar restricciones al agente más contaminante en la entidad: el sector industrial.
La nueva legislación establece que si la empresa contaminante reincide la multa será el equivalente 7 mil 500 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización vigente al momento de cometer la infracción.
La multa será independiente de otra sanción de ordenamiento civil, penal o incluso la cancelación de licencias.