Diputados avalan reformas para retirar cableado en desuso de Monterrey

El dictamen señala que las las empresas de telecomunicaciones que no eliminen el cableado deben ser sancionadas por los Ayuntamientos.

La reforma contempla obligatoriedad para que éstos los retiren cuando se encuentren en desuso. | Raúl Palacios
Kevin Bernal
Monterrey, Nuevo León /

Al señalar que ya no habrá más telarañas y a fin de evitar accidentes, por unanimidad, el pleno del Congreso de Nuevo León aprobó una serie de reformas que obligará a las empresas de telecomunicaciones a retirar el cableado en desuso.

Durante la sesión de pleno, se avalaron diversas reformas a múltiples artículos a la Ley de Protección Civil de Nuevo León, donde destaca que los concesionarios y comercializadoras que presten servicio de telecomunicaciones deben de tener identificado el cable aéreo instalado.


La reforma contempla obligatoriedad para que éstos los retiren cuando se encuentren en desuso o cuando la autoridad se lo requiera, a fin de evitar riesgos a la ciudadanía.

De no retirar el cableado, se lee en el dictamen, las empresas de telecomunicaciones deben ser sancionadas por los Ayuntamientos de cada municipio, sin embargo, no se especificó la multa porque después será adecuada.

Las empresas de telecomunicaciones deberán avisar al municipio cuando exista cableado aéreo que haya quedado en desuso.


¿Qué dicen las reformas a la Ley de Protección Civil?


El artículo 77 Bis 3 establece que el mantenimiento de la infraestructura y cableado aéreos deberá realizarse por los concesionarios y comercializadoras trimestralmente, haciendo del conocimiento a los ayuntamientos cuáles serán las obras a realizarse.

Dentro de la reforma, el artículo 77 Bis 4 señala que el retiro, traslado o modernización de cables aéreos, también podrá generarse cuando la autoridad considere necesario para la ejecución de obras públicas que resulten afectadas o en instalaciones de Gobierno.

También cuando ninguna concesionaria, comercializadora y prestador de servicios reconozca la propiedad del cable aéreo, la autoridad municipal podrá proceder al retiro del mismo.

Incluso, cuando exista riesgo inminente para la ciudadanía los concesionarios y las comercializadoras tendrán que realizar el retiro de su infraestructura de forma inmediata con la finalidad de salvaguardar la integridad de la ciudadanía y evitar accidentes.

Lo anterior, ante los múltiples casos que reportó la plataforma MILENIO-Mutimedios.

Las comercializadoras estarán obligados a cubrir los gastos de instalación, mantenimiento, retiro de infraestructura y aquellas que sean necesarias para el buen funcionamiento de las vías de telecomunicación y que se restituya a su estado original.

Mientras que el retiro, remoción, reciclaje y traslado de la infraestructura de cableado aéreo removida deberá ser tratada conforme a la ley en la materia de residuos sólidos, procurando en todo momento la protección al medio ambiente de Monterrey.

También se aprobó una reforma a la Ley de Asentamientos Humanos, donde destaca que vigilarán que los concesionarios y comercializadoras que presten servicio de telecomunicaciones, retiren el cableado cuando este como los instrumentos de gestión del suelo urbano y se encuentre en desuso, con el propósito de reducir la contaminación visual.

Se contempla que las autoridades deberán elaborar un Plan de Ordenamiento para la Infraestructura y Equipamiento de Telecomunicaciones.

A favor del dictamen hablaron Iraís Reyes y Tabita Ortiz de MC; Luis Susarrey, del PAN; Waldo Fernández, de Morena; Perla Villarreal y Ana González, del PRI.


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