Congreso de Nuevo León modifica Ley de Isssteleon

Los diputados locales acataron la orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que las parejas heterosexuales y LGBT+ incluyan a sus parejas e hijos en los servicios médicos.

El Congreso de Nuevo León. Foto: Especial
Kevin Recio
Monterrey /

Contrario a lo que expusieron en la Comisión de Economía, Emprendimiento y Turismo, los diputados locales acataron la orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y ajustaron la Ley del Isssteleon para que las parejas heterosexuales y LGBT+ incluyan a parejas e hijos en los servicios médicos.

Aunque Luis Susarrey, presidente de la Comisión, advirtió que presentaría un diagnóstico y reservas para determinar el impacto presupuestal, éste no subió el asunto y al momento del debate Asael Sepúlveda, del PT, se limitó a decir que la SCJN estableció que fuese obligatorio que las mujeres trabajadoras del estado pudieran incorporar al Isssteleon a sus parejas.

“El impacto presupuestal no está en debate en este momento, el trasfondo es el cumplimiento de sentencia y esa es la razón por la que en el dictamen no está anexo el impacto presupuestario, quiero comentar que la Tesorería del Estado está trabajando en un cálculo actuarial, para buscar que está situación garantice los derechos, sin que esto dañe gravemente las finanzas de Nuevo León”, expuso Susarrey.

En el asunto no se determinó con claridad si las esposas o esposos que ya tienen IMSS pueden adherirlos al ISSSTE, por lo que la Tesorería debería analizar el impacto presupuestal.

En mayo pasado, la SCJN invalidó una fracción del artículo 3 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (Isssteleón) al considerarla discriminatoria, dando paso a que las parejas del mismo sexo incluyan a sus esposos o esposas e hijos en los servicios médicos.

“A la mujer se le exigía únicamente depender del servidor público, en cambio, al hombre se le exigía, además del requisito de dependencia económica, contar con al menos sesenta años de edad, o bien, estar incapacitado total y permanentemente para trabajar”, señaló la Corte.

El Pleno consideró que los incisos discriminaban con base en la orientación sexual, pues no contemplaban la posibilidad de que las parejas homosexuales casadas pudieran ser reconocidas como beneficiarias, adoptando un lenguaje exclusivo para los matrimonios o concubinatos entre parejas heterosexuales.

En el debate del asunto promovido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) debido a la publicación de la Ley en el Periódico Oficial de Nuevo León el 29 de julio de 2020, los ministros expusieron sus razones durante más de 20 minutos.

LAS MÁS VISTAS