A poco más de tres meses para iniciar el proceso electoral local para renovar los 84 ayuntamientos y 30 diputaciones locales, el Congreso Local presentó una iniciativa con proyecto de decreto por el cual se reforma la Constitución Política de Hidalgo en materia de cargos de elección popular, misma que se envió a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales para su análisis y discusión.
Derivado del plazo que tiene el Legislativo estatal para aprobar normas o modificaciones a la Ley y que éstas apliquen para el proceso electoral 2026-2027, no es viable que este cambio cumpla con los lineamientos para su ejecución en los próximos comicios; pese a esto, el documento al que tuvo acceso MILENIO establece un cambio en el artículo 24 para fortalecer los requisitos de elegibilidad para cargos de elección popular, esto a través de un impedimento constitucional a la postulación de personas condenadas por hechos de corrupción que ameriten inhabilitación para ocupar cargos públicos, así como por delitos dolosos que impliquen pena privativa de libertad.
La legislación vigente en el artículo 24 establece lo siguiente:
“No podrán ser postuladas a cargos de elección popular las personas que estén cumpliendo sentencia ejecutoriada por algún delito contra el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar o violencia política contra las mujeres en razón de género; así como quienes sean deudores alimentarios morosos, salvo que acrediten estar al corriente del pago, cancelen esa deuda, o bien tramiten el descuento correspondiente. El Instituto Estatal Electoral verificará el cumplimiento de esta disposición”, (sic).
En tanto, la propuesta del Congreso Local radica en el siguiente cambio:
No podrán ser postuladas a cargos de elección popular las personas que estén cumpliendo sentencia ejecutoriada por algún delito contra el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar o violencia política contra las mujeres en razón de género, delitos dolosos que ameriten pena privativa de la libertad o por hechos de corrupción que ameriten la inhabilitación para ocupar cargos públicos; así como quienes sean deudores alimentarios morosos, salvo que acrediten estar al corriente del pago, cancelen esa deuda, o bien tramiten el descuento correspondiente. El Instituto Estatal Electoral verificará el cumplimiento de esta disposición”, (sic).
Cabe recordar que el Legislativo local aún mantiene pendiente la discusión y posible aprobación de una iniciativa de reforma electoral, en la cual se plantean diversos cambios en el Código Electoral del Estado de Hidalgo, y la cual no se concluyó la discusión dentro de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; aunado a esto, el plazo para aprobar cualquier modificación el próximo 15 de septiembre, como establece la norma 90 días antes del arranque del proceso electoral local, por lo cual en caso de existir este cambio a la Ley tendrá que aprobarse en la sesión programada para el lunes 14 de septiembre y publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) en el límite del plazo legal.