Buscan tipificar pornografía infantil en Hidalgo

El diputado José Antonio Hernández Vera subrayó que es prioritario garantizar, salvaguardar y proteger los bienes jurídicos de los menores

Presentan iniciativa para tipificar el delito de pornografia en Hidalgo
Alejandro Reyes
Pachuca; Hidalgo /

Diputados locales del Partido del Trabajo, Morena y el Partido Nueva Alianza presentaron una iniciativa de reforma al Código Penal para tipificar la pornografía infantil en el estado y sancionarla hasta con 12 años de prisión.

“La presente iniciativa tiene por objeto establecer en nuestro marco jurídico instrumentos legales que hagan frente al delito de pornografía infantil, en tal sentido, es urgente modificar nuestro Código Penal para garantizar leyes y reformas para otorgar una mayor protección a los menores”, argumentó desde el Pleno el diputado José Antonio Hernández Vera.

Subrayó que es prioritario garantizar, salvaguardar y proteger los bienes jurídicos de los menores, “ya que es importante la construcción de la norma jurídica generadora de responsabilidad y punibilidad de las acciones delictivas las cuales deben de ser claras, estrictas y explícitas para abarcar las conductas que ponen en peligro o lesionan los bienes jurídicos a proteger a escala penal”.

Así la iniciativa plantea que comete el delito de pornografía de personas menores de 18 años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien procure, promueva, obligue, facilite, gestione o induzca, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados con el objeto de video grabarlos, audio grabarlos, fotografiarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos con o sin ánimo de lucro.

Al autor de este delito se le impondrá pena de siete a 12 años de prisión y de ochocientos a dos mil Unidades de Medida y Actualización, así como al decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito, incluyendo la destrucción.

En tanto, a quien fije, imprima, grabe en audio, fotografíe, filme o describa actos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participen una o varias personas menores de 18 años de edad o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo, se le impondrá de pena de siete a 12 años de prisión y de ochocientos a dos mil Unidades de Medida y Actualización así como al decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito, incluyendo la destrucción.

La misma pena se impondrá a quien financie, elabore, reproduzca, almacene, distribuya, venda, compre, rente, exponga, publicite, transmita, adquiera, intercambie, comparta, importe o exporte el material.

De igual modo, a quien por cualquier medio venda, difunda o exhiba material pornográfico entre personas menores de edad o personas que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, se impondrá una pena de uno a tres años y multa de doscientas a quinientas Unidades de Medida y Actualización.

El presidente de la Mesa Directiva del Congreso del estado, Edgar Hernández Dañu, turnó la iniciativa a la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia para su análisis y dictaminación.

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