Con 24 votos a favor los diputados locales aprobaron las reformas a la Ley Orgánica Municipal con lo que los conciliadores municipales podrán conceder órdenes de protección a mujeres que sufran cualquier tipo de violencia.
Tras ello se atribuye en la Ley una nueva facultad al conciliador municipal, la número nueve de: conceder y con auxilio de la policía municipal aplicar órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia.
La reforma establece que en el ejercicio de esta función deberá considerar la notoria urgencia del caso, así como, lo dispuesto en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Hidalgo respecto de estas medidas de protección.
Ahora la reforma deberá ser publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) para que entre en vigor esta nueva atribución del conciliador municipal en los 84 Ayuntamientos de la entidad.
De acuerdo con la diputada Elvia Yanet Sierra Vite, en Hidalgo, en un periodo que abarca de abril del año 2007 al 9 de noviembre de 2010 se reportaron 15 mil 40 casos de violencia en contra de las mujeres.
“La cual se dividió de la siguiente manera: violencia psicológica ocho mil 681; violencia física dos mil 767; violencia patrimonial 112; violencia económica dos mil 882 y, violencia sexual 598 casos, datos obtenidos del Sistema Informático para el Registro y Análisis de la Violencia de Género en Hidalgo”, explicó.
Puntualizó que para poder cumplir con la inmediatez de la protección hacia la mujer es importante que el municipio sea un accionante primigenio y eficaz, toda vez que este es el primer contacto que tiene las y los ciudadanos con el Estado.
Mencionó que el artículo 25 párrafo tercero de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Hidalgo establece que en virtud de la notoria urgencia, en los municipios, la aplicación de las órdenes de protección le corresponderá a los Conciliadores Municipales, con el auxilio de la policía municipal, “una vez concedida dicha medida de protección, el Conciliador Municipal, deberá hacerlo del conocimiento a la autoridad competente, de conformidad con el procedimiento y observancia que determine el reglamento o acuerdo conducente”.
De lo anterior, agregó la legisladora del Partido del Trabajo (PT), se desprende con claridad que existe una disposición jurídico normativa que permite a los y las oficiales conciliadores municipales conceder las órdenes de protección.
“Por lo tanto, traer a la Ley Orgánica Municipal la base de dicha función fungiría como complemento de aquella a fin de que a partir de la notoria urgencia del caso puedan intervenir en casos de violencia contra las mujeres en forma ágil y eficiente”, refirió.
Añadió que en México, de acuerdo a la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) correspondiente al año 2016, al menos seis de cada 10 mujeres mexicanas ha enfrentado un incidente de violencia alguna vez en su vida.