Congreso de Puebla aprueba nueva Ley de Ciberseguridad; AQUÍ los detalles

En cuanto a los nuevos delitos tipificados con esta ley se encuentra ciberasedio, usurpación de identidad y espionaje digital.

Congreso de Puebla aprueba nueva Ley de Seguridad; AQUÍ los detalles | EsImagen (archivo)
Puebla /

El Congreso de Puebla aprobó por mayoría la nueva Ley de Seguridad, la cual contempla modificar el Código Penal de Puebla para tipificar tres nuevos delitos que son:

  • Ciberasedio
  • Espionaje digital
  • Usurpación de identidad

Fue durante la sesión ordinaria de este jueves que los diputados afines a la Cuarta Transformación consiguieron avalar algunos cambios al Código Penal con 35 votos a favor, cinco en contra que fue la bancada del PAN y una abstención por parte del PRI.

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En una acalorada discusión transcurrió la sesión, toda vez que la oposición argumentó que esta reforma se aprobó en fast track, e incluso hubo un 'encontronazo' entre la diputada del PRI, Delfina Pozos y Nayeli Salvatori de Morena.

Asimismo, al momento del posicionamiento y la presentación de esta reforma por parte de la diputada presidenta del Congreso Laura Artemisa García todos los diputados afines de la Cuarta Transformación la respaldaron parándose a un costado de ella.

Y es que con esta nueva ley se busca frenar la violencia digital, por lo que la sanción que se puede hacer acreedor es desde tres años de cárcel y además de algunas multas económicas que van desde los 50 a 250 Unidades de Medida y Actualización(UMA) de 5 mil 650 a 28 mil 250 pesos.

En cuanto a los nuevos delitos tipificados con esta ley se encuentra ciberasedio que consiste en utilizar las redes sociales o plataformas digitales para atacar, insultar o injuriar a determinada persona con la insistencia necesaria para causar daños a la dignidad de las mismas.

A su vez, el delito de usurpación de identidad con el que se sancionará a personas que utilicen cualquier espacio digital para captar a menores de edad con fines sexuales, así como también a quien busca hacerse pasar por alguna institución bancaria y obtener información confidencial de la ciudadanía.

Mientras que en el caso del espionaje digital se sancionará a quien acceda a un dispositivo informático o sistema de computación sin la autorización de su legítimo titular o propietario con la intención de conocer u obtener información o documentos de carácter personal.

AAC

  • Jose Alberto Pérez
  • Reportero de IP y Congreso

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