Crean el Consejo Consultivo de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo

Es un órgano de representación que observará y propondrá acciones que fortalezcan la confianza de la población en el Ministerio Público

Raúl Arroyo González. (Archivo)
Alejandro Reyes
Pachuca /

Este lunes se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) el acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo.

El acuerdo establece que el Consejo es un órgano de representación, consulta, análisis y participación ciudadana en materia de prevención del delito, procuración de justicia, cultura cívica y atención a víctimas del delito el cual observará y propondrá acciones que fortalezcan la confianza de la población en el Ministerio Público.

Este nuevo órgano sustituye al Consejo Estatal de Participación Ciudadana en materia de Procuración de Justicia en el Estado de Hidalgo publicado en el POEH en noviembre del 2004.

La Procuraduría argumentó que por la fecha de emisión del Consejo Estatal es necesario generar un nuevo mecanismo de participación para instaurar un Consejo Consultivo que revise desde una perspectiva ciudadana la realidad en la que se ubica socialmente la procuración de justicia bajo una práctica de un estado democrático de derecho y para recibir recomendaciones y propuestas a partir de la valoración los ciudadanos con diferentes experiencias y perspectivas sociales, respecto del trabajo y los resultados de la Procuraduría.

Así el presidente de este nuevo organismo será el titular de la Procuraduría, en este caso Raúl Arroyo González; el secretario o secretaria ejecutiva será la persona titular de la Dirección General de Relaciones Nacionales e Internacionales; y contará hasta con diez personas consejeras.

El Consejo Consultivo tendrá las siguientes funciones: establecer vínculos de cooperación con organizaciones del sector social y privado para desarrollar actividades que apoyen a mejorar la prevención del delito o la procuración de justicia e integrar los esfuerzos y las perspectivas ciudadanas en las políticas transversales de la Procuraduría; emitir opiniones y sugerencias para la elaboración de normas, políticas internas o programas de la Procuraduría y evaluar su aplicación.

Formular propuestas, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas, normas, estrategias y acciones instrumentadas por la Procuraduría; monitorear el desempeño general de las y los agentes del Ministerio Público, de investigación y personal pericial; proponer el otorgamiento de reconocimientos para las y los servidores públicos de la Procuraduría que se destaquen en el ejercicio de sus funciones o que realicen acciones relevantes en términos de las políticas propuestas.

Además de emitir opinión en los temas o asuntos específicos que le sean planteados por el procurador; y transmitir las quejas y propuestas ciudadanas en materia de procuración de justicia, relacionadas con los objetivos del Consejo así como formular las propuestas de respuesta y acciones para su solución.

La integración del Consejo se realizará por invitación de la Procuraduría y bajo la aplicación del principio de equidad de género.

Podrán asistir a las sesiones por invitación del Presidente, las personas titulares de las áreas o unidades administrativas de la Procuraduría así como personas representantes de órganos desconcentrados, dependencias o entidades de la administración pública estatal o municipal, órganos constitucionales autónomos, organismos nacionales o internacionales y otras personas relacionadas con los asuntos que trate el Consejo, quienes contarán con voz sin voto en el desahogo de sus sesiones.

Las personas consejeras deberán reunir los siguientes requisitos: no ser servidor público en activo de ninguno de los tres niveles de gobierno, organismos constitucionales autónomos o cualquiera de los tres poderes.

Así como formar parte de alguno de los siguientes sectores: académico, científico, comunicación, artístico, cultural, deportivo, colegios o barras de profesionales, cámaras empresariales o industriales, personas defensoras de derechos humanos, organizaciones no gubernamentales nacionales o internacionales, sociedad civil organizada, colectivos o movimientos sociales con enfoque de apoyo a personas víctimas del delito, o cualquier otro sector que el Consejo sugiera; y no haber sido condenado por delito doloso.

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