Diputados discuten ‘al vapor’ Ley de Revocación de Mandato

La Cámara de Diputados recibió apenas ayer el proyecto, pero el Pleno le dispensó todos los trámites para discutirlo y votarlo en la sesión de hoy.

Sesión del Ordinaria del Primer Periodo de Sesiones Ordinarias de la Cámara de Diputados. (Cuartoscuro)
Fernando Damián
Ciudad de México /

Con la dispensa de todos los trámites, el pleno de la Cámara de Diputados inició la discusión de la Ley Federal de Revocación de Mandato, con el fin de regular el proceso para concluir a la conclusión anticipada del cargo del Presidente de la República, “a partir de la pérdida de confianza”.

El proyecto recibido apenas ayer en el Palacio de San Lázaro, tras su aprobación en el Senado, prevé someter a consulta de los ciudadanos la pregunta “¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.

El inicio del proceso de revocación de mandato podrá solicitarse por una sola ocasión en el sexenio durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional del Presidente de la República.

El procedimiento dará inicio a petición de los ciudadanos, en un número equivalente al tres por ciento de la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos 17 entidades federativas y represente el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas.

De acuerdo con la minuta senatorial, la consulta se celebraría el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria, y no debe coincidir con las jornadas electorales federal o locales.

Los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en el proceso y el Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación, incluyendo los consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.

La promoción del Instituto deberá ser objetiva, imparcial y con fines informativos, y de ninguna manera podrá estar dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía a favor o en contra de la revocación de mandato.


LP

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