El Congreso demandó una escolta militar para el presidente Andrés Manuel López Obrador luego de que el pleno del Senado avaló en lo general y lo particular derogar diversos artículos de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, a fin de desaparecer el Estado Mayor Presidencial.
Con las reformas aprobadas el pasado 30 de abril queda abierta la posibilidad de que la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana conforme un cuerpo de élite destinado a la protección del mandatario.
Sus funciones serán similares a las del Estado Mayor, es decir, lo auxiliará en la obtención de información general y planificará sus actividades y la prevención para su seguridad.
En entrevista, Félix Salgado Macedonio, presidente de la Comisión de Defensa Nacional del Senado, coincidió con el planteamiento de Dante Delgado, pero aclaró que el tabasqueño es el único que decidirá si tiene un nuevo cuerpo de seguridad.
“Si el Presidente quiere un cuerpo especial de seguridad lo puede crear, a través de la Secretaría de Seguridad Pública, pero tendría que ser con elementos del Ejército”, subrayó.
El pasado martes Dante Delgado, coordinador de Movimiento Ciudadano, destacó que, según datos publicados en medios de comunicación, López Obrador es el primer presidente que recibe una amenaza directa de la delincuencia.
Por lo que señaló la necesidad de que las fuerzas armadas continúen brindando seguridad al Ejecutivo, sobre todo por la violencia de los últimos años.
El emecista presentó la adición de un artículo cuarto transitorio al dictamen correspondiente para permitir que la dependencia que encabeza Alfonso Durazo conforme, en un plazo de 60 días, un cuerpo de seguridad especializado en la protección del Presidente y expedir su reglamento.
Este ordenamiento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. El senador Armando Guadiana apoyó la adición y resaltó que los elementos del EMP tienen experiencia y capacitación, y los de la Ayudantía no.
Con las reformas aprobadas en los últimos minutos del periodo ordinario se establece que los elementos de este cuerpo deben ser reincorporados a sus unidades de origen de las fuerzas armadas, conservando antigüedad, rango y prestaciones.
También que las dependencias del Ejecutivo que guarden relación con la operatividad del EMP contarán con 90 días hábiles, a partir de la publicación del decreto, para llevar a cabo las adecuaciones jurídicas y administrativas requeridas para darle cumplimiento.