El aumento de las causas para el retiro de una patente notarial y los requisitos que deberán cumplir quienes aspiren a desempeñar dicha función, forman parte de las medidas propuestas por el gobernador Sergio Céspedes Peregrina en la iniciativa de reforma a la Ley del Notariado que envió al Congreso del estado.
Durante la sesión ordinaria de este jueves, el Ejecutivo estatal envió el oficio por el cual busca hacer modificaciones al marco normativo que rige el actuar de las y los notarios de la entidad, buscando con ello mejorar el servicio brindado a la población.
- Te recomendamos A 48 horas de huelga, no hay fecha para dialogar: Sindicato de Audi México Negocios
En este sentido, se destaca el hecho de que se aumentan las sanciones por diversas faltas que sean cometidas por parte de los fedatarios, así como las causas por las cuales estas se aplicarán.
De esta manera, se resalta el hecho de que actualmente se cuenta con 12 motivos por los cuales se puede revocar la patente notarial y la suspensión del notario, según el artículo 244, sin embargo, se pretende añadir otros cuatro, entre los que se encuentran la separación de funciones sin previo aviso o sin tener la licencia correspondiente.
Entre las causales que se pretenden añadir se encuentran:
- La realización de cualquier actividad que sea incompatible con las funciones del notariado
- El no permitir por segunda ocasión que se lleven a cabo visitas de revisión ordinarias, extraordinarias o inspecciones especiales.
- Tener una oficina distinta a la informada a las autoridades y no contar con la infraestructura tecnológica y recursos humanos para desempeñar las tareas notariales.
Aumentan candados para interesados en notarías
La reforma propuesta por el gobernador del estado también pretende aumentar los candados para la entrega de las patentes , ya que una persona que pretenda aplicar el examen para ser titular de una notaría deberá tener al menos 28 años y no 25 como se solicita actualmente.
De igual manera se busca añadir el requisito de que el aspirante tenga una residencia en el estado de al menos cinco años anteriores a la fecha de la prueba.
Otro de los hechos que se destaca es que la acreditación de los seis meses de prácticas notariales no se tomarán en cuenta cuando hayan sido en direcciones a cargo de familiares de los interesados.
La iniciativa señala que los fedatarios suplentes que aspiren a una titularidad, deberán de acreditar la prestación del servicio notarial por un periodo de 10 años.
A destacar también se encuentra el hecho de que los notarios titulares que tengan una década en el desempeño de sus funciones y sin contar con sanciones en su historial, tendrán la facultad para designar sus homólogos de carácter auxiliar.
La reforma contempla que deberá de contarse con un fedatario por cada 25 mil habitantes que formen parte de la población económicamente activa del distrito judicial que corresponda, tomando como referencia los datos del INEGI.
Asimismo, se realiza un cambio en el concepto de Carrera Notarial, por el de Servicio Profesional Notarial, siendo este el mecanismo empleado para tener una mejora continua en la prestación de los servicios notariales.
CHM