Senado hace cambios a dictamen de extinción de dominio

A propuesta del PRD y del PRI, se aprobó que el imputado pueda defenderse ante las acusaciones del Estado.

Sesión en el Senado de la República (Héctor Téllez)
Angélica Mercado
México /

El Senado aprobó en comisiones, por unanimidad, el dictamen de extinción de dominio para ampliar el catálogo de delitos e incluir aquellos bienes producto del robo de petrolíferos y petroquímicos.

Además, a propuesta del PRD y del PRI, se aprobó que el imputado pueda defenderse ante las acusaciones del Estado, ante el riesgo de que pueda aplicarse esta figura de manera indebida. 

En sesión de comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Justicia y Estudios Legislativos, los senadores aprobaron subir hoy al pleno la minuta enviada por los diputados, para regresarla y avanzar en otros temas. 

Durante la discusión encabezada por los senadores de Morena, Eduardo Ramírez Aguilar y Julio Mechaca, se aprobaron cambios a los artículos 22 y 73 para definir que serán objeto de extinción de dominio los bienes producto del robo de petrolíferos y petroquímicos

En el debate en comisiones, el vicecoordinador perredista Juan Zepeda pidió especificar el tipo penal de la definición de los petrolíferos e hidrocarburos, a fin de evitar que en un juicio se pueda liberar a imputados en ese delito, sobre todo ante el auge que ha tomado huachicoleo en el país. 

Los senadores aprobaron que la extinción de dominio se aplique sobre bienes que no puedan acreditarse y se estén relacionados con investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos

En el artículo 22 se garantiza que “toda persona afectada podrá acceder a los medios de defensa adecuados para demostrar la procedencia legítima del bien sujeto al procedimiento”. 

Asimismo, se define que el procedimiento es sobre derechos reales o bienes incorporados al patrimonio de una persona y no sobre su eventual participación o responsabilidad en la comisión de ilícitos, sea para obtener el bien o para utilizarlo en actividades delictivas.


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