El Congreso de Tamaulipas aprobó una reforma a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado, con el fin de que los peritos cuenten con conocimientos en Medicina Veterinaria y Zootecnia, para investigar los casos de maltrato animal.
La iniciativa fue presentada por la diputada de Morena, Casandra de los Santos Reyes, en enero pasado y fue revisada en Comisiones este lunes. Finalmente hoy se pasó al pleno donde tuvo aprobación por unanimidad.
La reforma a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas consiste en incluir las áreas de Medicina Veterinaria y Zootecnia para el esclarecimiento de los hechos relacionados con maltrato animal.
En el documento se expone que el Código Penal de Tamaulipas considera como actos de crueldad o tortura, además de los establecidos en la Ley estatal de Protección a los Animales, los actos en los que exista la mutilación de cualquier parte del cuerpo del animal, intervenirlo quirúrgicamente sin anestesia salvo casos de urgencia, lastimar o arrollar animales intencionalmente entre otras conductas en las que el elemento circunstancial del modo exige la existencia de una lesión provocada en el cuerpo del animal.
“Por lo que para estar en aptitud el Ministerio Público de imputar al presunto responsable la ejecución del delito ante el órgano jurisdiccional de control, requiere de la prueba pericial, la que reviste toral importancia ya que de la misma se desprende el origen, la causa e incluso la antigüedad de una lesión en el cuerpo de un animal, tarea que definitivamente recae en la persona que cuente con el conocimiento especial en la ciencia de la medicina veterinaria y zootecnia”.
Añade que la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de Tamaulipas, cuya última reforma aplicada se publicó en el Periódico Oficial el 23 de septiembre de 2021, señala en el artículo 50 que los servicios periciales y ciencias forenses se integran por peritos especialmente calificados por poseer conocimientos especiales en alguna ciencia, arte, técnica u oficio y a su vez el artículo 51 del mismo ordenamiento expone en las fracciones de la 1 a la XXVI respecto de las diversas ciencias, técnicas, oficios o artes y la fracción XXVII refiere "a las demás que sean necesarias", excluyendo la Medicina Veterinaria y Zootecnia.
“Por tal motivo considero reformar por técnica legislativa y coherencia normativa las fracciones XXVI y XXVII y adicionar la fracción XXVIII. De esta forma el ministerio público contará con las herramientas necesarias para cumplir con las obligaciones que le impone el artículo 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales en sus fracciones V y VIl”.
EAS