El partido Morena en el Senado propuso eliminar las Constancia de No Antecedentes Penales, al argumentar que "vulnera los derechos laborales discrimina y trunca las posibilidades de los sentenciados a una segunda oportunidad de reintegrarse a la sociedad a través del trabajo, educación, deporte y las artes”.
La senadora de ese partido, María Soledad Luévano, planteó modificar la Ley Nacional de Ejecución Penal para sustituir dicho documento por una Constancia de No Existencia de Orden de Aprehensión Vigente.
- Te recomendamos Así se ubica el salario mínimo de México comparado con otros países Negocios
En tanto, se establece que salvo situaciones en que el solicitante tenga antecedentes de haber cometido un delito sexual, en cuyo caso, ademas de certificar la no existencia de orden de aprehensión, se informará sobre los antecedentes penales del interesado.
Lo anterior cuando el solicitante busque ingresar a instituciones de seguridad pública o privada, así como para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o cuando la solicite a cualquier empleador.
La presidenta de la Comisión de Administración argumentó que para que se cumplan los fines del Sistema de Readaptación Social, la sociedad y el Estado deben ofrecer facilidades mínimas a quienes fueron sentenciados para que, al cumplir su condena, puedan reintegrarse a la sociedad y ser productivos.
Aseguró que en nuestro país existen habitualmente este tipo de prácticas de exclusión y discriminación, al solicitar al aspirante a un empleo carta de antecedentes no penales y al momento de mostrarla y ver que efectivamente tiene un historial delictivo, se le niega en automático el empleo.
La senadora Luévano Cantú indicó que es necesario que esta práctica administrativa termine, ya que sólo quien debe tener acceso a esa información en caso de tener antecedentes penales, son las instancias de Seguridad Publica y los órganos jurisdiccionales.
En tanto, la propuesta fue turnada para estudio y dictamen a las comisiones unidas de Justicia, y de Estudios Legislativos, Segunda.