Por covid-19, IMSS dará incapacidad por embarazo a través de internet

La Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales tendrá que incorporar el proceso de pago de la “incapacidad temporal” a través del portal digital del IMSS.

Embarazadas, en riesgo por el covid-19 aun con buena salud
Karla Guerrero
México /

El secretario general del Instituto Mexicano del Social Social (IMSS), Javier Guerrero García, publicó un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación que autoriza la certificación de incapacidades por maternidad vía remota con la finalidad de prevenir el contagio del covid-19.

El acuerdo detalla que la Dirección de Prestaciones Médicas (DPM) certificará el estado de embarazo e incapacidades de embarazado de las aseguradas del IMSS, siempre y cuando tengan los servicios médicos correspondientes de su control prenatal.

“Se autoriza a la DPM para la certificación del estado de embarazo y expedición de incapacidades por maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto, siempre que las aseguradas hayan acudido a los servicios médicos para control prenatal”, explica el documento.

Además,  para las aseguradas que no cuenten con registros de salud de control prenatal, contarán con la certificación por los médicos de Salud de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales (DPES).

“Se instruye a la DPES para que, a través de los Médicos de Salud en el Trabajo, certifiquen el estado de embarazo y expidan las incapacidades por maternidad a las aseguradas que no hayan acudido al Instituto para su control prenatal, privilegiando el uso de plataformas digitales de acceso remoto”, explica el documento.

Como mecanismo para evitar el desplazamiento de “este sector más vulnerable”, la DPES tendrá que incorporar el proceso de pago de la “incapacidad temporal para el trabajo de maternidad” a través del portal del IMSS.

“Se instruye a la DPES a incorporar en el proceso de pago de la incapacidad temporal para el trabajo por maternidad la confirmación del patrón a través del portal del IMSS”, detalla el documento.

Adicionalmente la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico tendrá que realizar “las adecuaciones necesarias en los sistemas informáticos” para el registro de alta o la modificación de cuentas CLABE interbancarias de las aseguradas para el pago de la “incapacidad temporal”.

AESC

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