La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aclaró el estatus laboral de los órganos descentralizados del gobierno federal al exponer que se pueden regir por el apartado B del artículo 123 constitucional.
Durante la sesión pública de este lunes, el Pleno del máximo tribunal del país abandonó una jurisprudencia, vigente desde hace 25 años, para determinar que, desde ahora, las relaciones laborales en los organismos descentralizados se pueden regir por el apartado B del artículo 123 constitucional, tal y como ocurre con toda la administración pública federal.
Luego de las manifestaciones de diversos sindicatos de los 26 Centros Públicos de Investigación financiados por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), la Corte acordó no dar efectos retroactivos a su decisión.
La ministra Yasmín Esquivel Mosso afirmó que esta resolución no afectará los derechos adquiridos por los trabajadores, pues la nueva jurisprudencia no podrá modificar situaciones de hecho ni generar afectación a la seguridad jurídica tanto de las instituciones como de sus trabajadores.
"Los organismos descentralizados federales existentes continuarán rigiendo sus relaciones laborales conforme al régimen previsto en su ley, decreto, acuerdo o instrumento de creación, pero sobre todo, de ninguna manera esta situación afectará derechos de los trabajadores”, explicó.
El texto de la nueva tesis será definido en sesión privada del pleno, el cual deberá contener los puntos acodados en la sesión pública de este lunes, respecto a que puede aplicarse el apartado B, que los trabajadores que ya han establecido contratos colectivos bajo el apartado A no verán cambios en su régimen, y que esta sustitución de tesis no tendrá efectos retroactivos.
JLMR