Luego de casi siete años de disputa en tribunales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó amparar a Telcel en contra de los controles que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) mantiene para la autorización de tarifas y manejo de redes.
Durante la sesión pública de este miércoles, la Primera Sala de la Corte, por mayoría de votos, avaló los parámetros establecidos en la reforma de telecomunicaciones por el Legislativo a América Móvil, al tratarse del agente preponderante del sector.
En 2016, Telcel impugnó ante un Juzgado federal los artículos 15, fracción XXIV, 208 y 267 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) buscando la eliminación de sus obligaciones de someter sus tarifas a la autorización del IFT, así como la prohibición de discriminar entre el tráfico de su propia red y el de otras empresas.
"La autorización, registro y publicidad de las tarifas propuestas por el agente preponderante tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la obligación que la ley impone a los concesionarios de telecomunicaciones de informar y respetar las condiciones bajo las cuales prestan sus servicios al público, como son las tarifas" aseveró la Corte.
De acuerdo con la ministra Margarita Ríos Farjat, encargada de elaborar el proyecto, las reglas establecidas en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión sobre permisos de tarifas y no discriminación no invaden facultades del IFT.
En esto coincidieron los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Arturo Zaldívar, quienes también avalaron que el principal punto a resolver por la Corte consistía en determinar si el Congreso de la Unión violó el principio de división de poderes al invadir competencias regulatorias exclusivas del Instituto Federal de Telecomunicaciones.