La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió estudiar el amparo en revisión que interpuso Tomás Zerón de Lucio, ex director de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), quien busca tumbar la orden de aprehensión en su contra por la presunta tortura contra el supuesto operador y sicario del grupo criminal de Guerreros Unidos, Felipe Rodríguez Salgado, ‘El Cepillo’.
El asunto fue turnado al ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, integrante de la Primera Sala, quien deberá elaborar un proyecto de sentencia donde se analice la constitucionalidad del artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).
En agosto pasado, los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en la Ciudad de México solicitaron a la Corte ejercer su facultad de atracción.
Lo anterior, para que se pronuncie por primera vez si el mencionado artículo “vulnera o no los principios de seguridad jurídica y de legalidad en su vertiente de taxitividad”. Es decir, la forma que en debe conducirse a un imputado ante un juez de control, con independencia de que el delito amerite prisión preventiva oficiosa.
“En ese contexto, se advierte que en la materia de la revisión subsiste el problema de constitucionalidad del artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales y en virtud que no se surte algún supuesto de competencia delegada a los Tribunales Colegiados de Circuito, dado que sobre el referido problema de constitucionalidad no existen precedentes resueltos por este Alto Tribunal , se concluye que el presente asunto es de la competencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación”, detalla la notificación dada a conocer este jueves.
“Esta SCJN asume su competencia originaria para conocer del recurso de revisión interpuesto por la parte quejosa y su adhesión…Se tiene por admitido el recurso de revisión…”
De acuerdo con el expediente, el juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Sur, en la Ciudad de México, libró la orden de aprehensión contra Tomás Zerón porque consideró que se cumplieron los requisitos constitucionales y legales para ello.
Sin embargo, el ex funcionario de la Procuraduría General de la República (PGR) promovió un amparo donde alegó que nunca recibió un citatorio u orden para comparecer y conocer los hechos que se le imputan.
En su demanda, indicó el citado artículo del CNPP no estable una regla obligatoria que indique antes de que la Fiscalía General de la República (FGR) solicite la orden de aprehensión, deben agotarse primero los supuestos como el citatorio para la audiencia inicial y la orden de comparecencia. No obstante, le fue negado el amparo.
Ante esta situación, interpuso un recurso de revisión, el cual fue radicado en el Primer Tribunal Colegiado.
Es de mencionar que, en este caso el juez de control ordenó la aprehensión de Tomás Zerón por los probables delitos de tortura, desaparición forzada de personas y coalición de servidores públicos.
Lo anterior, porque en redes sociales se difundió un video en el cual aparece ‘El Cepillo’, sentado, esposado y encapuchado durante un interrogatorio, llevado y dirigido por Tomás Zerón, donde se escucha que presuntamente lo amenazan y amedrentan.
La FGR indicó en su momento que, el 27 de enero de 2015, en conferencia de prensa del entonces procurador General de la República, Jesús Murillo Karam, y Tomas Zerón, hicieron referencia a la detención de Felipe Rodríguez Salgado, “lo que confirma los actos de tortura de referencia”.
“El objetivo de dicha tortura era para que declarara lo que se le estaba obligando, para poder justificar la denominada verdad histórica”, detalla la carpeta de investigación judicializada.
LG