Corte rechaza amparo de hijo de Marcial Maciel; deberá cumplir condena

José Raúl González Lara reclamó la sentencia de un año tres meses y cinco días en la que un Tribunal del Edomex le impugna por pedir 26 millones de dólares a los Legionarios a cambio de no revelar que era hijo del padre Maciel.

El sacerdote Macial Maciel y el papa Juan Pablo II. (Cuartoscuro)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó el amparo directo en revisión que promovió José Raúl González Lara, hijo del sacerdote y pederasta Marcial Maciel, fundador de los Legionarios de Cristo, quien impugnó la resolución de un Tribunal Colegiado.

González reclamó la sentencia de un año tres meses y cinco días que le impuso la Sala Unitaria Penal del Distrito Judicial de Tlalnepantla, del Tribunal Superior de Justicia del Edomex, la cual lo encontró responsable del delito de extorsión en grado de tentativa por pedir 26 millones de dólares a los Legionarios a cambio de no revelar que era hijo del padre Maciel. 

Ante esta situación, González Lara promovió un amparo directo que tocó resolver al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, el cual le concedió la protección de la justicia para que se vuelva a emitir una nueva sentencia.

El fallo del tribunal ordena que la magistrada de la Sala Unitaria Penal del Distrito Judicial de Tlalnepantla deje sin efecto la condena contra González, emitida en abril de 2016 y se dicte una nueva en la que deberá reiterar los aspectos considerados constitucionales, es decir, los temas relativos a la comprobación del delito de extorsión en grado de tentativa, así como la responsabilidad del sentenciado en su comisión.

Los magistrados del Tribunal Colegiado también demandaron fundar y motivar cuál es la pena que corresponde aplicar al hijo de Maciel.

“Evidentemente no se podrán agravar las penas establecidas en el acto reclamado, puesto que la tramitación del juicio de garantías y menos aún la concesión del amparo puede tener un efecto contrario al pretendido por el quejoso”, señala el fallo del Colegiado.

Inconforme con el fallo, González demandó interpuso un amparo directo en revisión, por lo que el asunto llegó a la Corte.

Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte avaló el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien propuso desechar el amparo directo en revisión y dejar firme la sentencia del Tribunal Colegiado, ésta última que deberá ser acatada por la mencionada Sala del Distrito Judicial de Tlalnepantla.

El 22 octubre de 2012, González Lara fue detenido en Cuernavaca, Morelos, por elementos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, porque el juez de lo Penal de Primera Instancia de Tlalnepantla (antes Juzgado Tercero Penal de Primera Instancia de Tlalnepantla, Estado de México), ordenó su captura.

El 25 de agosto de 2014, fue encontrado penalmente responsable del delito de extorsión en grado de tentativa en agravio de Los Legionarios de Cristo, por lo que fue condenado a un año cinco meses de prisión.

Tras apelar, la Sala Unitaria Penal modificó la sentencia el 13 de abril de 2016, por un año tres meses y cinco días de cárcel, resolución que González argumentó es violatoria de los derechos humanos.

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