La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene previsto discutir en las próximas semanas las acciones de inconstitucionalidad que se interpusieron contra la Constitución Política de la Ciudad de México y contra la Ley de Seguridad Interior que se creó para dar certeza a las fuerzas armadas en su combate contra el crimen organizado en el país.
En marzo de 2017 y enero del presente año, ministros de la Corte admitieron a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas contra la Carta Magna de la CDMX y la LSI, respectivamente.
La Constitución de la Ciudad de México entrará en vigor el próximo 17 de septiembre, por lo que el Pleno de la Corte tiene que resolver el asunto antes de dicha fecha.
En 2017, el ministro Alberto Pérez Dayán admitió a trámite las controversias constitucionales que presentaron el presidente Enrique Peña Nieto y el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en las que impugnan la Constitución de la Ciudad de México.
Por su parte, el ministro Javier Laynez Potisek admitió a trámite las cuatro acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos Morena, Nueva Alianza, Comisión Nacional de Derechos Humanos y la Procuraduría General de la República también contra la Constitución Local.
Al inaugurar el segundo periodo de sesiones de la Corte, el ministro Luis María Aguilar Morales, señaló que estos son los temas que comenzarán a ser abordados durante este semestre del año.
Indicó que también se contempla desahogar las contradicciones de tesis, entre las que destaca la relativa a si las universidades públicas autónomas son autoridades responsables para efecto del juicio de amparo, por la no admisión de alumnos y además, sobre el uso de la firma electrónica para dotar de validez a una sentencia de amparo indirecto.
En materia penal, destacan diversas acciones de inconstitucionalidad, entre las que se impugnan normas locales por ser contrarias a la facultad exclusiva del Congreso de la Unión, para legislar en materia procedimental penal, sobre tortura y desaparición forzada.
“En materia de transparencia, tenemos para resolver los amparos en revisión sobre la facultad del órgano garante nacional, para calificar, si determinados hechos constituyen violaciones graves de derechos humanos, así como diversas acciones de inconstitucionalidad en las que se controvierten supuestos de reserva a la información, como el relativo a las operaciones, instalaciones, contratistas, permisionarios vinculados con la exploración y explotación de hidrocarburos por causas de seguridad nacional”, expresó Aguilar Morales.
jbh