Los municipios de Coxcatlan, San José Miahuatlan y San Gabriel Chilac, tendrán que presentar nuevamente los escritos emitidos por los cabildos de esos ayuntamientos, porque el que elaboraron y entregaron, presenta errores en la solicitud que hacen al Congreso del Estado de Puebla para la derogación del cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP) que se aprobó a finales de diciembre de 2021.
El diputado local de Tehuacán, Fernando Sánchez Sasia, confirmó que la Comisión de Hacienda del Congreso aprobó la contestación que será remitida a ellos para que completen la documentación requerida a la brevedad de tal manera que sea analizado y votado por los integrantes de dicha mesa de legisladores.
Confirmó que fue en la sesión de la comisión referida, dónde se revisaron los documentos emitidos por los ayuntamientos de esos lugares donde se había acordado la eliminación de ese concepto para que la ciudadanía no tuviera que realizar el pago por la energía eléctrica consumida por lámparas instaladas en los espacios públicos.
Fue el director jurídico, Edgar Sánchez Farfán quien precisó que los escritos que hizo la autoridad municipal, no tienen un fundamento legal, ya que solo es una solicitud y no un proyecto de decreto para la modificación de las Leyes Fiscales, al señalar que en términos del proceso legislativo, la solicitud no hay precedentes en las leyes, propuso responder al cabildo que emitieron dichas solicitudes, pero para retomar el proceso legislativo, deben presentar la iniciativa de decreto para reformar y derogar el DAP y los estímulos fiscales correspondientes.
En esa sesión fue el presidente de la Comisión de Hacienda del Congreso de Puebla, Jorge Estefan Chidiac, quien expresó que los municipios de San Gabriel Chilac, San José Miahuatlán y Coxcatlán todavía pueden aprobar una iniciativa para eliminar el DAP y renunciar a los incentivos fiscales que el Congreso incluyó en sus leyes de ingresos, esa iniciativa la deberán enviar nuevamente al Poder Legislativo para que sea presentada a votación por los diputados locales y entonces determinar si se podrá o no revocar el Derecho de Alumbrado Público en esos municipios.
CHM