La defensoría pública de oficio en México es ineficiente debido a las cargas de trabajo excesivas, la falta de recursos materiales y la falta de autonomía de los abogados que prestan, señaló Nasheli Ramírez, presidenta de la Comisión de los Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF).
"La situación de la defensoría pública en México es deficiente, la mayoría de las defensorías locales están sobrecargadas y la bola de imposiciones, técnicas y materiales son precarias, lo que redunda en una defensa inadecuada y muchas veces, ineficaz", puntualizó Ramírez Hernández.
En la Ciudad de México, 7 de cada 10 de las personas privadas de la libertad les fue asignado un defensor público.
“Además de las cargas de trabajo, existen otros aspectos de preocupación sobre las defensorías públicas, como la permanente y grave escasez de recursos materiales y de personal, deficientes condiciones laborales, falta de autonomía e independencia de los ejecutivos locales y falta de capacitación del personal”, sentenció la ombudsman en conferencia de prensa.
Advirtió que además de la cantidad de trabajo de los cerca de 400 abogados de oficio que hay en la Ciudad de México, que resulta excesiva por el número de casos que tiene que atender cada uno, es importante analizar la complejidad del trabajo que realizan.
“Ésta cifra nos muestra el número de procedimientos en los que participan defensores públicos, un análisis más detallado podría mostrar el tipo de intervenciones que realizan y que abarcan las diversas etapas procesales”, dijo.
En los casos que integran la Recomendación 16/2018 se encuentran la extracción social de las víctimas, la omisión por parte del Estado de proporcionar una defensa adecuada técnica y efectiva, además de la incapacidad de impulsar la igualdad procesal de los acusados, explicó Ramírez Hernández.
Los cinco casos que componen la recomendación presentada con algunos familiares de las víctimas, coinciden en la mala práctica de un abogado de oficio en la Ciudad de México, que por falta de pericia técnica y ética profesional nulificó el derecho de sus clientes.
“Aprovechó su posición, generando confianza en las familias de algunos de los afectados, al fin de obtener recursos económicos adicionales a su salario, creando expectativas de absolución en los procesados a sabiendas de que no ejercía acciones de defensa efectivas, realizando una simulación de defensa registrada y evidenciada en el presente documento”, explicó la titular de la CDHDF.
A partir de los casos documentados por la segunda visitadora de la
Comisión, se determinó que la
CEJURdebe indemnizar por concepto de daños materiales e inmateriales a los afectados, también que con previo consentimiento de las víctimas se les otorgue la atención psicológica que requieren por las afectaciones derivadas a las
violaciones a sus derechos humanos.
Además de que en los casos que sea procedente y con el consentimiento de los afectados, se les vuelva a ofrecer orientación y representación jurídica para que continúen con los procesos penales de sus respectivos casos.
bgpa