Desapariciones en Hidalgo obedecen a ausencias voluntarias: subprocuradora

Indicó que entre el 1 de enero al 4 de septiembre de este año se iniciaron 664 fichas de búsqueda de personas desaparecidas

Subprocuraduría de Delitos de Género, Desaparición de Personas e Impacto Social, Lorena Cano García. (Facebook)
Pachuca /
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Las desapariciones en Hidalgo obedecen a ausencias voluntarias, señaló la encargada de la Subprocuraduría de Delitos de Género, Desaparición de Personas e Impacto Social, Lorena Cano García.

“La mayor parte son lo que denominamos ausencias voluntarias, por algún conflicto familiar, por una cuestión de drogadicción, se anexa en algún lugar, regularmente son conflictos familiares, el porcentaje mayor es de hombres”, aseveró.

Indicó que entre el 1 de enero al 4 de septiembre de este año se iniciaron 664 fichas de búsqueda de personas desaparecidas, de las cuales se localizaron con vida 514, 24 personas sin vida y pendientes por localizar 126 personas.

Municipios con más fichas de búsqueda

“Todas nuestras fichas corresponden a una carpeta de investigación”, precisó, al tiempo de señalar que los municipios en donde más se inician fichas de búsqueda son Pachuca, Tulancingo, Tizayuca y Tula de Allende.

Cano García mencionó que además de las desapariciones por ausencias voluntarias también se tienen casos de larga data, es decir, desapariciones que llevan años. Las fichas de larga data son casos de desaparición de personas que llevan mucho tiempo sin resolverse, algunos de ellos décadas.

“Las que pudiéramos hablar de larga data ahí es otro tipo de situación, obviamente está en investigación y no podemos decir cuál es el motivo”, sostuvo, aunque no precisó cuántos casos de este tipo se investigan en la Procuraduría.

Un caso de larga data es el de Enriqueta Josefina Dimas Serrano, quien desapareció el 8 de junio de 1995 de la colonia Morelos, en la ciudad de Pachuca, a la edad de 31 años, actualmente tiene 61 años de edad y no ha sido localizada.

¿Qué establece la Ley en Materia de Desaparición?

La Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Hidalgo establece que la Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares deberá coordinarse con la Fiscalía Especializada de la Fiscalía General de la Republica y Fiscalías Especializadas de otras Entidades Federativas a efecto de dar impulso permanente a la búsqueda de Personas desaparecidas y no localizadas.

Entre sus atribuciones están el recibir las denuncias relacionadas con la probable comisión de hechos constitutivos de los delitos materia de la Ley e iniciar de inmediato la carpeta de investigación correspondiente; solicitar el apoyo policial a las autoridades competentes, para realizar las tareas de investigación en campo.

Así como mantener coordinación con la Comisión de Búsqueda de Personas para realizar todas las acciones relativas a la investigación y persecución de los delitos materia de la Ley General, conforme al Protocolo Homologado de Investigación, al Protocolo Homologado de Búsqueda y demás disposiciones aplicables.

Lorena Cano aseguró que no se tienen carpetas de investigación por desaparición forzada y apuntó que “luego a veces la ciudadanía llega a confundir el término del a desaparición forzada, como sabemos es a manos o propiciada por servidores públicos, a la desaparición cometida por particulares, que en este caso es la que nosotros principalmente tenemos”.


  • Alejandro Reyes
  • Reportero desde 2009. Mi labor es cuestionar; lo mejor de este oficio son las crónicas y las historias.

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