El Tribunal Estatal Electoral del Estado de Guanajuato declaró improcedentes dos de las denuncias que el Partido Acción Nacional interpuso contra el ex candidato Ricardo Sheffield: la primera por presunta promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos y la segundo por actos anticipados de campaña y uso indebido de símbolos religiosos.
El Procedimiento especial sancionador TEEG-PES-43/2021 fue denunciado por el PAN en contra de Francisco Ricardo Sheffield Padilla por la presunta realización de actos anticipados de campaña y uso indebido de símbolos religiosos. Esto luego de que el candidato de Morena arrancó su campaña desde el domingo 4 de abril cuando aparecieron espectaculares con su imagen en León, pese a que el arranque oficial era el día 5 de abril y que el inicio de los actos de proselitismo de Morena se retrasase cuando el IEEG declaró improcedentes 11 candidaturas del partido y les requirió hacer ajustes de paridad.
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Por el uso de símbolos religiosos, tras realizar una celebración eucarística en la catedral como parte de sus primeros eventos de campaña, el Pleno determinó que no se desprende algún elemento que tenga la intención de influir en el electorado, ni alguno otro con la finalidad de coaccionar a la ciudadanía, por lo que no se afecta la libertad del voto.
El Procedimiento especial sancionador TEEG-PES-44/2021 fue promovido por el PAN en contra de Sheffield Padilla, entonces titular de la Procuraduría Federal del Consumidor, por presunta promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, con las publicaciones en rede sociales y notas que anunciaban su salida de PROFECO para buscar la candidatura a la presidencia municipal de León.
Al respecto el Pleno no acreditó que haya sido con la finalidad de obtener un beneficio para ocupar un cargo de elección popular, ni obtener votos para sí, o favorecer alguna candidatura.