Desecha Sala Toluca queja de regidora de Mixquiahuala por violencia política en razón de género

El órgano jurisdiccional federal desestimó la demanda de la asambleísta de Mixquiahuala en contra del secretario general municipal, Yonattan Álvarez Cruz

Sala regional Toluca. (Especial)
Pachuca /

La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la demanda de una regidora de Mixquiahuala en contra del secretario general municipal Yonattan Álvarez Cruz, esto por la presunta comisión de conductas constitutivas de violencia política por razón de género.

Esto al resolver el Juicio de la Ciudadanía (JDC) bajo expediente ST-JDC-58/2023, con el cual la asambleísta pretendía revertir la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) en el Procedimiento Especial Sancionador (PES) con folio TEEH-PES-138/2022, en el cual se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas, al no actualizarse la comprobación de conductas constitutivas de violencia política por razón de género.

Dicha resolución, se confirmó a través de la ponencia del magistrado presidente Alejandro David Avante Juárez, ya que la asambleísta interpuso una nueva demanda, sin embargo se decretó la ineficacia de los agravios ya que son sólo señalamientos subjetivos, no probados y que no controvierten la resolución del órgano jurisdiccional local, por lo cual se mantiene firme la determinación del TEEH en la que señala que no existe un delito que sancionar.

 

Cabe recordar que el pasado 13 de marzo el TEEH determinó la inexistencia de conductas constitutivas en violencia política por razón de género presuntamente cometidas por el secretario general municipal de Mixquiahuala, Yonattan Álvarez Cruz, en contra de su compañera dentro del ayuntamiento; esto al denunciar posibles agresiones físicas y verbales en diferentes reuniones de la Comisión de Hacienda o en el cabildo celebradas en los años 2021 y 2022; además, acusó que al resto de funcionarios municipales de cometer tentativos actos de difamación, acoso y hostigamiento.

Pese a esto la ponencia de la magistrada presidenta del TEEH Rosa Amparo Martínez Lechuga, indicó que las pruebas testimoniales notariales ofrecidas por la parte acusadora únicamente eran la ratificación de firmas ante fedatario público de un documento con declaraciones que “carecen de espontaneidad y singularidad de la perspectiva de cada uno, pues se trata de una narración muy similar entre quienes comparecen”.

Incluso, la juez insistió que, para allegarse de mayor información, la autoridad sustanciadora, el Instituto Estatal Electoral (IEEH), ordenó en repetidas ocasiones mayores elementos probatorios, así como las circunstancias de los hechos, pero la denunciante no aportó pruebas idóneas.

Finalmente, para garantizar el derecho de la denunciada a una vida libre de violencia, el TEEH conminó a todos los denunciados para que se dirijan de manera respetuosa y abstengan de realizar actos indebidos en contra de la regidora; asimismo, dieron vista a la Secretaría de Gobierno, Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSPH), Instituto Hidalguense de la Mujer (IHM), Centro de Justicia para las Mujeres (CJM) y la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres. 

  • Teodoro Santos

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