Durante tres meses, Jorge Luis Medina, de 17 años, estuvo incomunicado, alejado de su familia y amigos, quienes desconocían la “traumática” experiencia que él estaba viviendo en ese momento, porque era amarrado, medicado —sin su consentimiento—, y sometido a electroshock, como parte de laterapia de conversión o ecosig, a la que se sometió para cambiar su orientación sexual o identidad de género.
En el Senado se busca prohibir este tipo tratamientos, pero por falta de consenso, el dictamen avalado hace dos años en comisiones está en la congeladora.
Al respecto, la presidenta del Senado, Olga Sánchez Cordero, así como las legisladoras de Movimiento Ciudadano, Patricia Mercado, y de Morena, Citlalli Hernández, se han pronunciado porque el tema se pueda aprobar en el próximo periodo ordinario de sesiones que inicia el 1 de septiembre, al asegurar que atentan contra la dignidad de las personas; por lo que proponen penas de hasta seis años de prisión; profesionales de la salud que incurran en estas prácticas serán suspendidos por tres años.
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El 31 de marzo de 2020, al inicio por la pandemia por covid-19 en México, las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda aprobaron el dictamen que reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, con el objetivo de prohibir y sancionar penalmente las terapias de reorientación sexual, conocidas como Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig).
En ese entonces, la morenista Citlalli Hernández informó que su aprobación dependería de los tiempos impuestos por la contingencia sanitaria ocasionada por el coronavirus, pues en ese momento el Senado suspendió sus sesiones por la emergencia. Y aunque las actividades de la “nueva normalidad” se retomaron desde febrero pasado, el dictamen no ha sido retomado por los legisladores.
Al respecto, Ari Muñoz, vicepresidente de la organización LGBT+ Rights México pidió a los senadores saldar esa “deuda” que se tiene con la comunidad para erradicar las llamadas terapias de conversión.
“En general la legislación ha sido muy tardada en cuestión de derechos LGBT, los esfuerzos de conversión hacia la identidad de género y la orientación sexual llamados Ecosid o mal llamados terapias de conversión son una práctica de tortura que intentan cambiar a las personas como son. Entonces, es un derecho que tenemos y que no se ha visto reconocido todavía en el Senado. Es una deuda que todavía está aquí en el Senado. es una iniciativa que está congelada. Que sigue esperando este cambio de mentalidad”, destacó.
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La historia
En entrevista con MILENIO, Jorge Luis, quien siempre profesó el catolicismo y dio catecismo en su comunidad, relató que, a tres años de someterse a la terapia de conversión, aún tiene secuelas.
“Estuve durante tres meses. Fue una experiencia bastante traumática. Fueron terapias de electroshocks, amarrado, me dejaban sin comer, cuando me daban creo que en la comida había medicina, me dejaban sin dormir, fueron muchas cosas que no se las desearía a ninguna persona y espero que no pase ya, que se prohíba, es un tema bastante delicado, serio. El hecho de creer que todavía se puede cambiar la orientación sexual de una persona. Yo en ningún momento elegí nacer siendo bisexual. En ningún momento decidí pasar por burlas, por denigraciones. Pasar por el Ecosid, la verdad, fue algo muy muy traumático, hasta la fecha todavía llevo terapia por esta situación”, reveló.
Originario de Cuautla, Morelos el joven platicó que apenas informó a su familia de su preferencia sexual, le propusieron, junto con miembros de la iglesia, asistir a una terapia de conversión en un convento ubicado en Cuernavaca, él aceptó pues en ese momento pensó que podía “corregir” su relación con Dios y su orientación sexual.
“Ellos (familia) están arrepentidos de esto. Pusimos un borrón y cuenta nueva. Sigue siendo algo traumático para mí, pero no culpo a mi familia, ellos no sabían cómo lidiar con eso. Pensaban que sólo eran pláticas, una terapia, pero no es una terapia, está mal nombrarlas así. El hecho de nombrarlas terapias está muy mal. Mucha gente se guía por eso, dice: sólo van a hablar con él, con ella, con elle, van a orientarle para ´tomar un buen camino´ cuando en realidad no es así”, señaló.
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Además, dijo que los especialistas se presentaron como terapeutas por parte de la iglesia, “tenían estudios, pero venían de un seminario. Lo que querían hacer, era sanar mi relación con Dios. Yo soy creyente de Dios, pero no de la iglesia. No creo que Dios desee esto para nadie. De verdad, fue algo muy difícil. Éramos como 15 jóvenes”.
Aunque la familia de Jorge buscaba hablar con él, los encargados del centro de rehabilitación le prohibían su comunicación y fue en ese momento que decidieron sacarlo de ese lugar.
“Mi familia iba y les decía: quiero verlo. Y le decían no, no puede verlo, si lo ven van a interrumpir su proceso. Ellos entraron, me vieron y fue cuando decidieron sacarme de ahí. Para ellos también fue un trauma verle en la situación en la que estaba. Me dijeron que no tenía por qué pasar eso y quienes tenía que afrontar una terapia eran ellos para aceptarme tal como soy. Yo sólo les dije: no les estoy pidiendo permiso ni su aprobación, porque a mí me costó bastante aceptarme. Yo fui una persona bastante cercana a Dios, a la Iglesia, pero me pesó demasiado el lidiar mi proceso de aceptación, duró años”, comentó.
Jorge Luis mencionó que aún no se ha acercado a su comunidad, “por no encajar” y día a día continúa con su proceso de “construcción” y sabe que en cualquier momento será apoyado por las personas que están a su alrededor.
El dictamen
El 4 de octubre de 2018, las senadoras presentaron una iniciativa para penalizar las prácticas que pretenden corregir la orientación sexual de las personas, la cual se turnó a comisiones para su dictaminación. Y se aprobó en comisiones el marzo de 2020.
La presidenta de la Mesa Directiva del Senado, Olga Sánchez Cordero, ha señalado que las llamadas terapias de conversión son de las peores violaciones a los derechos humanos, pues atentan contra la dignidad de las personas.
“Y nosotras, como legisladoras, hacemos el compromiso para que esta ley, que prohíbe las terapias de reconversión, tiene que ser definitivamente expedida por el Congreso Federal, no puede ser de otra manera”, expresó en mayo pasado.
De acuerdo con el documento Legislación para penalizar las “terapias de conversión” y combatir la violencia hacia la comunidad LGBTTTI del Instituto Belisario Domínguez del Senado, elaborado por Lorena Vázquez Correa y María Cristina Sánchez Ramírez, en el Congreso de la Unión se han presentado tres iniciativas para penalizar las prácticas que pretenden corregir la orientación sexual de las personas.
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Entre el periodo de septiembre de 2015 a noviembre de 2018, dos de las tres iniciativas permanecen pendientes de dictaminar en comisiones y una fue desechada debido a que venció su plazo para ser resuelta.
De acuerdo con el dictamen, se adiciona en el Código Penal Federal un Capítulo IX al Título Octavo de Delitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad, para sancionar con dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
Establece que se aumentarán al doble dichas sanciones, cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.
Este apartado, denominado Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas, indica que en caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima los que incurran en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento, a consideración del juez.
Las sanciones también aumentarán al doble cuando la persona autora tuviere con la víctima relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación. De la misma manera, cuando se valga de una función pública para cometer el delito o emplee violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima.
Se especifica que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características de este tipo de delitos.
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Para determinar el daño ocasionado al libre desarrollo de la personalidad de la víctima, se deberán solicitar los dictámenes necesarios para conocer su afectación. En caso de incumplimiento a la presente disposición por parte del Ministerio Público, éste será sancionado en los términos del presente Código y de la legislación aplicable, se indica.
El proyecto de decreto también adiciona el artículo 465 Bis a la Ley General de Salud, a fin de precisar que a los profesionales, técnicos o auxiliares de las disciplinas para la salud que realicen este tipo de prácticas, se les aplicarán las mismas penas, además, de ser suspendidos en el ejercicio profesional, hasta por tres años. En caso de reincidencia, se les cancelará el registro de la cédula profesional respectiva.
Se menciona que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha condenado las ecosig porque, además de carecer de ética y no tener bases científicas vulnera el libre desarrollo de las personas. Este organismo internacional llamó a los Estados a que adopten medidas para prevenir, investigar y procesar todas las formas de tratamiento y procedimientos forzados, coercitivos o involuntarios contra personas de la comunidad LGBTTTI+.
Aunado a ello, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sostiene que la identidad y la expresión de género, así como la orientación sexual no puede ser modificada por terceras personas o por el Estado. En tanto, otras instancias internacionales han insistido en que la homosexualidad no es una enfermedad y que deben respetarse y protegerse los derechos humanos de las personas de la comunidad LGBTTTI+.
EHR