Diputada plantea que ministros de la Corte sean elegidos por voto y su periodo dure seis años

La diputada del PT, Araceli Celestino, aseguró que esta iniciativa permitirá fortalecer el sistema democrático del país.

Presenta Morena iniciativa para elección de ministros, jueces y magistrados por voto popular
Gaspar Vela
Ciudad de México /

La diputada del Partido del Trabajo (PT), Araceli Celestino Rosas, impulsa una iniciativa para establecer que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) duren seis años en el cargo y sean electos mediante el voto universal, directo, libre y secreto de los ciudadanos.

La legisladora señaló que la propuesta, que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su análisis, refiere que modificar los artículos 94, 96, 97 y 98, así como derogar la fracción XVIII del artículo 89 y el párrafo segundo de la fracción VI del 95 de la Carta Magna, permitirá fortalecer el sistema democrático del país.

En un comunicado, explicó que la iniciativa estipula que por cada ministro propietario se elegirá un suplente que sólo podrá ocupar el cargo ante la ausencia temporal o definitiva del propietario.

Además, que cada dos años (y no cada cuatro años, como está establecido) el pleno elija de entre sus miembros al presidente del máximo tribunal del país, el cual no podrá ser reelecto para el periodo inmediato posterior.

Cuando haya ausencia definitiva de un ministro propietario y el suplente no acuda a tomar posesión, el mismo se considerará vacante y se deberá convocar a elección extraordinaria para cubrirla.

La fracción XVIII del artículo 89 que plantea derogar establece la facultad y obligación del Presidente de poner a consideración del Senado la terna para la designación de ministros, además de sus licencias y renuncias.

Del artículo 95 pide derogar el párrafo que señala que los nombramientos de los ministros deberán recaer preferentemente entre aquellas personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia o que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica.

En la exposición de motivos destaca que estas modificaciones normativas se fundamentan en las tres constituciones federalistas de 1824, 1857 y 1917, en las que se determina que el poder público se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Estos son los tres Poderes por medio de los cuales el pueblo ejerce su soberanía.


EHR

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