A cuatro meses de haber sido enviada al Congreso del estado por el gobernador Omar Fayad Meneses, los diputados aprobaron este lunes con 27 votos a favor la iniciativa de reforma Constitucional en materia de voto migrante.
Con ello se crearon las figuras de diputado migrante, regidor migrante y los extranjeros que residan fuera de Hidalgo tendrán derecho a votar en las elecciones locales del estado.
Así las reformas a la Constitución del Estado de Hidalgo establecen que los hidalguenses que residan en el extranjero, tienen derecho a votar y ser votados en las elecciones locales, en los términos de esta Constitución y de conformidad con la Leyes en la materia.
En tanto, para ser diputado migrante se requiere tener una residencia efectiva de cinco años en el extranjero; para el caso del regidor migrante se debe tener una residencia efectiva de cinco años en el extranjero.
Tras la aprobación de las reformas éstas se turnaron a los 84 Ayuntamientos del estado para su aprobación al interior de sus Cabildos, para lograrla se requiere de la mitad más uno, es decir de 43.
Una vez aprobadas las reformas en los Ayuntamientos se publicarán en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) para su entrada en vigor. Los artículos transitorios de las reformas constitucionales establecen que entrarán en vigor una vez concluido el proceso electoral local de la elección de gobernador 2021-2022.
Por su parte el Congreso del estado emitirá la legislación y reformas correspondientes a fin de garantizar el derecho al voto y ser votado de los migrantes residentes en el extranjero y su participación en las elecciones de 2024.
El diputado local, Julio Manuel Valera Piedras reconoció que aún hacen falta las reformas a las Leyes secundarias en materia del voto migrante, sin embargo, aseguró que desde el Congreso del estado se trabajará en ellas para hacerlo realidad.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, Roberto Rico Ruiz, explicó que el diputado migrante será aquella persona residente en el extranjero pero originaria del estado de Hidalgo que cumpla con los requisitos para ocupar este cargo y sea electo por el principio de representación proporcional en términos de la Ley.
“Esta definición no es excluyente de los hidalguenses binacionales puesto que la adquisición de una segunda nacionalidad sin haber renunciado a la primera no implica la pérdida de la ciudadanía hidalguense, para ello los partidos políticos tendrán que incluir dentro de sus listas de diputados de representación proporcional a un candidato de representación migrante con su respectivo suplente y ser del mismo género”, agregó.
Para el caso del regidor migrante, Rico Ruiz precisó que con su respectivo suplente.
"Ambos deberán encontrarse bajo la figura de ciudadano hidalguense residente en el extranjero y ser del mismo género, con lo anterior participarán en la creación de políticas públicas, presupuestos, obras y acciones para el desarrollo de su lugar de origen", finalizó.