El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una reforma al Código Civil Federal para derogar el otorgamiento automático de la custodia de los menores de siete años de edad a la madre, en caso de divorcio.
El artículo 282 del referido ordenamiento establece actualmente que, al admitirse una demanda de divorcio, “salvo peligro grave para el normal desarrollo de los hijos, los menores de siete años deberán quedar al cuidado de la madre”.
Con 476 votos, los diputados federales avalaron la derogación de dicha disposición, por considerarla violatoria del principio de igualdad entre mujeres y hombres.
La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó el proyecto al Senado de la República para su análisis, discusión y eventual ratificación.
Al fundamentar el dictamen de la Comisión de Justicia, la legisladora emecista Taygete Irisay Rodríguez sostuvo que la legislación vigente no da lugar a que en cada caso particular se determine con quién deben estar los hijos del matrimonio disuelto, al establecer preferencia automática a las madres.
“En muchos casos esta decisión puede coincidir con el interés superior del niño o de la niña, pero lo cierto es que una regla dictada en lo general para casos que deben resolverse en lo particular no necesariamente atiende el interés superior de las y de los niños involucrados”, señaló.
Rodríguez detalló que el número de divorcios prácticamente se ha duplicado en los últimos diez años y más de 90 por ciento de ellos se resuelven por vía judicial.
Llamó por ello a repensar las reglas generales desde una perspectiva que dé prioridad a la niñez, a fin de avanzar a una sociedad que ponga las personas al centro y sus causas al frente.
“Por muchos años hemos invisibilizado las necesidades de las infancias y de las mujeres. Es momento de repensar las leyes para que se respeten otras estructuras familiares y darles la flexibilidad para poner los derechos humanos como guía de decisión”, indicó la legisladora jalisciense.
Compensación a cónyuge dedicado al hogar
Con 459 votos a favor, siete en contra y 18 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó una adición al artículo 273 del Código Civil Federal para establecer el pago de una compensación al cónyuge que se haya dedicado al trabajo del hogar y al cuidado de los hijos, en caso de divorcio o separación.
La enmienda obliga a los cónyuges a presentar al juzgado un convenio que señale la compensación, la cual no podrá ser superior a 50 por ciento del valor de los inmuebles que hubieran adquirido.
Para efectos de lo anterior, no obstará que hubiere realizado otras actividades profesionales, el juez de lo familiar resolverá atendiendo a las circunstancias especiales en cada caso.
Al presentar el dictamen, el diputado morenista Vicente Alberto Onofre explicó que este dictamen tiene como sustento los criterios y resoluciones que ha emitido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, reconociendo la doble jornada laboral que realizan las mujeres, estimándolas merecedoras de la institución de la compensación.
“La compensación significa colocar en igualdad de derechos a las mujeres y hombres que al asumir las cargas domésticas y familiares no lograron desarrollar en el ámbito laboral las mismas posibilidades”, dijo.
JLMR