La Diputación Permanente turnó a la comisión de Procuración y Administración de Justicia la iniciativa que presentó el Poder Judicial del Estado de México (PJEM), para actualizar su Ley Orgánica y reconocer la justicia en línea para no interrumpir el servicio en ningún caso.
El documento firmado por el presidente del TSJEM, Ricardo Sodi Cuellar, considera necesario posibilitar a los juzgadores a llevar a cabo el ejercicio de la función jurisdiccional de manera transparente, pronta, expedita e ininterrumpida, a través del establecimiento y utilización de herramientas tecnológicas y medios electrónicos o digitales,
También pidió se permita la tramitación de juicios en línea; se facilite la resolución de controversias de forma ágil y sencilla, así como la consulta electrónica de expedientes judiciales, la presentación de promociones, y la notificación de acuerdos y resoluciones; y eliminar costos o gastos originados por el traslado de las partes a los distintos lugares donde se ubican los órganos jurisdiccionales, así como por la impresión y fotocopiado de documentos.
Propuesta de actualización
La propuesta prevé la creación, fusión, extinción, transformación, habilitación, cambio de denominación, y fijación de competencia de algunos órganos jurisdiccionales, que comprenden: la implementación de políticas para la equidad de género; la creación de una Sala de Asuntos Indígenas, la consolidación de tribunales laborales y la concurrencia de materias en juzgados de competencia mixta.
Con estos ajustes buscan el establecimiento de una firma electrónica avanzada, a fin de poder llevar a cabo juicios en línea, la facultad del presidente del TSJ para desahogar opiniones consultivas que sean formuladas de conformidad con la Ley de Amnistía, la emisión del procedimiento y lineamientos para el desarrollo de cursos de formación para el cargo de magistradas, la consolidación de la carrera judicial.
Considera la creación del Coordinador de Parentalidad, como un figura a través de la cual se puedan resolver los conflictos familiares entre ascendientes, niñas, niños y adolescentes, que se han vuelto de difícil solución a través de métodos convencionales, como terapia familiar y mediación, la creación de la Visitaduría Judicial, como un órgano auxiliar, con facultades para inspeccionar e investigar el funcionamiento de sus órganos jurisdiccionales jurisdiccional.
Por cuanto al Consejo de la Judicatura, se actualizan y clarifican sus facultades, así como de las unidades administrativas; se actualiza el régimen de responsabilidades administrativas de los servidores públicos judiciales, se precisan las facultades del Centro Estatal de Mediación, Conciliación y Justicia Restaurativa, así como de la Escuela Judicial.
Los ajustes legales
A lo largo del siglo XX han entrado en vigor seis leyes orgánicas del Poder Judicial para regular la estructura, el funcionamiento y organización del Poder Judicial del Estado de México: la de 1930, que prevé la organización de los tribunales del Estado; la de 1941, donde se convierte al Tribunal en revisor de las elecciones municipales; la de 1955, que a vida al Archivo Judicial y obliga al Presidente del Tribunal a informar a la Legislatura y al Ejecutivo las labores anuales del Poder Judicial.
En 1972 entró en vigor la modernización, integración y funcionamiento del Tribunal; en 1986, se buscó abonar a la mejora de su organización y funcionamiento y, por último, la de 1995, se promulgó una ley orgánica, la cual ha sido reformada en múltiples ocasiones para ajustarse a las exigencias sociales y normativas.
BAFG