Padierna pide al Poder Judicial defender interés nacional de sector energético

Un juez otorgó una suspensión provisional contra el acto de cobrar la tarifa de porteo determinada por la Comisión Reguladora de Energía (CRE).

Dolores Padierna, vicepresidenta de la Cámara de Diputados (@Dolores_PL)
Silvia Arellano
Ciudad de México /

La vicepresidenta de la Cámara de Diputados, Dolores Padierna, hizo un llamado al Poder Judicial a defender el interés nacional en el pago de las tarifas de porteo al que están obligadas todas las empresas del sector eléctrico, incluidas las que eran ilegales antes de la reforma energética.

“Hacemos un llamado al Poder Judicial para que defienda el interés nacional, el interés general en el pago de las tarifas de porteo al que están obligadas todas las empresas, incluidas las que eran ilegales antes de la reforma energética”, comentó.

Lo anterior luego de que un juez federal concediera a dichas compañías una suspensión provisional contra el acto de cobrar la tarifa de porteo determinada por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), bajo el argumento de que el cobro debe ser calculado conforme a la metodología anterior a la reforma energética, es decir, tarifa cero o tarifa fija subsidiada.

Recordó que la reforma energética aprobada en 2013-2014 liberalizó el mercado energético y permitió la inversión privada en la generación de electricidad, de tal manera que todos los contratos privados previos a la reforma eran ilegales, anticonstitucionales, dado que estaban impedidos por la Constitución hasta 2014.

“La reforma energética sirvió, entre otras muchas cosas, para legalizar todos los contratos ilegales firmados desde Carlos Salinas de Gortari hasta Felipe Calderón Hinojosa. Y ahora, un juez concede una suspensión al acto de cobrar la tarifa de porteo determinada por la Comisión Reguladora de Energía (CRE)”, indicó.

Afirmó que el país pierde muchos recursos públicos en regalar el costo de transmisión de electricidad a las empresas privadas que, en su mayoría, son extranjeras.

Indicó que si la reforma no aplica para el cobro de tarifas, tampoco para legalizar los contratos, o bien si sí aplica para legalizar los contratos, pues también para la metodología tarifaria de la reforma energética.

icc

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