En Edomex, Congreso aprueba penas de hasta 18 años de cárcel a pederastas

El dictamen fue aprobado por considerar necesario diferenciar este delito de las agresiones sexuales.

"Este ilícito ya se castiga en los estados de: Baja California, Colima, Chiapas, Durango, Guerrero, Querétaro, Tabasco y Veracruz". (Especial)
Claudia Hidalgo
Toluca /

El pleno del Congreso del Estado de México aprobó por unanimidad reformas al Código Penal de la entidad para incluir la pederastia como delito, con una pena de hasta 18 años de prisión a quien induzca a un menor de edad a ejecutar cualquier acto sexual, con o sin su consentimiento, aprovechándose de su relación, parentesco, confianza, subordinación o superioridad.

El dictamen fue aprobado por considerar necesario diferenciar esta conducta de las agresiones sexuales y señalar de manera específica esta conducta en la legislación mexiquense, por su frecuencia, no sólo en el ámbito religioso, sino en el seno familiar.

La diputada local encargada de leer el acuerdo, Araceli Casasola Salazar, dio a conocer que este ilícito ya se castiga en los estados de: Baja California, Colima, Chiapas, Durango, Guerrero, Querétaro, Tabasco y Veracruz.

Para que entre en vigor debe ser publicado el acuerdo en la Gaceta de Gobierno de la entidad, donde además se debe establecer que si se usa violencia la pena se agrava, y si el delito es cometido por alguien del servicio público, también será inhabilitado, destituido y suspendido de su empleo público o profesión.

Además, consideran que las personas sentenciadas deberán tomar tratamientos médicos integrales para no volver a afectar el libre desarrollo de la personalidad de las y los menores que son abusados, sobre todo en el entorno familiar.

La diputada Araceli Salazar Casasola informó que las estadísticas existentes establecen que en los últimos 10 años se cometieron más de 400 casos de pederastia clerical, de los cuales 176 están en proceso y 259 fueron concretados. Otros datos marcan que de 33 naciones, México ocupa el primer lugar en abuso sexual contra menores de 14 años.

El dictamen integra las iniciativas de la diputada Lorena Marín Moreno, del PRI y de las perredistas Claudia González Cerón y Araceli Casasola Salazar, así como del diputado Omar Ortega Álvarez, quienes hicieron propuestas en diversos momentos.

¿Cómo quedan los ajustes?

En específico se estableció una pena de nueve a 18 años de prisión y de 750 a mil 250 días multa, a quien se aproveche de la confianza, subordinación o superioridad que tiene sobre un menor de 18 años, derivada de su parentesco en cualquier grado, tutela, curatela, guarda o custodia, relación docente, religiosa, laboral, médica, cultural, doméstica o de cualquier índole y ejecute, obligue, induzca o convenza a ejecutar cualquier acto sexual, con o sin su consentimiento.

La misma pena se aplicará a quien cometa esta conducta en contra de la persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o no tenga capacidad para resistirlo y si el sujeto activo hace uso de violencia física, las penas se aumentarán en una mitad más.

El autor del delito podrá ser sujeto a tratamiento médico integral el tiempo que se requiera, mismo que no podrá exceder el tiempo que dure la pena de prisión impuesta.

Además, se perderá la patria potestad, la tutela, la curatela, la adopción, el derecho de alimentos y el derecho que pudiera tener respecto de los bienes de la víctima, en términos de la legislación civil.

Mientras que si es cometido por un servidor público o un profesionista en ejercicio de sus funciones será inhabilitado, destituido o suspendido, de su empleo público o profesión por un término igual a la pena impuesta.

MMCF

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