Las comisiones legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales y la de Procuración y Administración de Justicia aprobaron reformas al Código Penal para que las víctimas del delito de despojo puedan demandar penalmente la invasión de su predio o vivienda y estos ilícitos no queden impunes.
De acuerdo al Secretariado del Sistema Nacional de Seguridad, en los últimos tres años y medio en la entidad se han denunciado 12 mil 720 invasiones de predios y viviendas donde se configura el delito despojo, tanto de terrenos como de viviendas o incluso edificios completos.
Sin embargo, los dueños no pueden demandar la desocupación porque los “ocupantes” adquieren derechos y no pueden ser desalojados en tanto no se compruebe la falta. Mientras tanto, los legítimos propietarios no pueden regresar a vivir ahí, cobrar renta o enajenar la propiedad hasta que demuestren el delito en su contra.
La adición aprobada al artículo 308 del Código Penal de la entidad establece que el delito de despojo adquiere la calidad de “permanente y continuo” para que las instituciones puedan dictar autos de autoridad, no se dilate la acción de la justicia al existir siempre la flagrancia.
El autor de la iniciativa, Bryan Andrés Tinoco Ruiz, denunció que hay grupos dedicados a violentar la ley, apoderándose de manera pacífica o violenta de un inmueble, adquiriendo derechos como poseedores, lo cual facilita la invasión y el despojo, que en muchas casos quedan impunes.
Se han ubicado bandas dedicadas a invadir casas habitación cuando se encuentran desocupadas, incluso cambian el total de mobiliario, llaves y candados para no dejar entrar a los legítimos dueños, quienes se llegan a dar cuenta de la falta luego de varios días o semanas.
Proceso difícil
Este tipo de casos tardan de tres hasta siete años, pues el primer requisito que pide la autoridad es proporcionar el nombre completo del invasor y generalmente los dueños no los conocen y los “inquilinos” ocultan a toda costa su identidad para obstruir la acción de la justicia. Además resultan muy costosos y engorrosos para los dueños que actualmente sólo pueden actuar por la vía civil.
En algunos casos los ocupantes dicen tener la propiedad, en otros que son arrendatarios y que pagan la renta a un dueño distinto, el cual no es localizado, interponen diversos recursos y hace muy largo todo el proceso.
En los casos donde los dueños logran recuperar sus bienes, los reciben totalmente destruidos y los responsables no son castigados porque igual que llegan desaparecen y van en busca de otra propiedad, sobre todo en grandes zonas habitacionales, donde es más factible invadir porque los vecinos no siempre se conocen y nadie cuestiona la llegada de camiones de mudanza a plena luz del día.
MMCF