En plena crisis económica, delegados de tres municipios del Estado de México exigieron por la vía legal ante el Tribunal Electoral de la entidad, que los ayuntamientos les paguen salarios como autoridades auxiliares, luego que las áreas jurídicas de esas localidades se negaron a reconocerlos como servidores públicos.
Se trata de 21 delegados de diversos poblados de los municipios de Ixtlahuaca, Jiquipilco y Atlacomulco que luego de conocer el fallo de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), a favor de un delegado de Ocoyoacac, exigieron igualmente una remuneración por sus funciones.
Sin embargo, los magistrados del TEEM sostuvieron la postura que asumieron en el caso de Ocoyoacac y declararon infundados e improcedentes las peticiones porque no forman parte de las administraciones municipales, ya que no realizan funciones inherentes a la estructura municipal, sino que son instrumento de participación ciudadana, para la coadyuvancia y la supervisión de los servidores públicos municipales, en beneficio de los habitantes de la comunidad.
“El pleno del Tribunal consideró que las autoridades auxiliares no tienen derecho a recibir una remuneración, ya que el cargo que ostentan es honorífico y su función es ser un enlace entre la ciudadanía y el ayuntamiento por lo que, para el caso no son considerados servidores públicos” señalaron en los acuerdos.
Los quejosos tienen oportunidad de recurrir al Tribunal federal y pedir que se revisen las resoluciones del órgano local, en los plazos que marca la ley, con excepción de los cinco casos de Jiquipilco porque fueron presentados fuera de tiempo y por ello fueron catalogados como ex temporáneos.
La resolución del TEPJF de mayo pasado, por mayoría de votos, fue que recibir una remuneración es un derecho ciudadano irrenunciable; mientras, el magistrado Alejandro David Avante Juárez, advirtió que esto generaría una ola de recursos que podría dañar las finanzas de los ayuntamientos.
Esta fue la primera sesión en línea que lleva a cabo el TEEM, luego de un acuerdo del pasado primero de septiembre, donde se autoriza la celebración de sesiones a distancia, tomando experiencias de otros organismos públicos que así lo han hecho y para sentar las bases de lo que en su oportunidad servirá como antecedente de la digitalización de la actividad jurisdiccional electoral.
En total se resolvieron 39 recursos de diversas autoridades municipales y del Partido Acción Nacional quien no logró acreditar la promoción del voto del partido Morena ni del ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza.
En la sesión también consideraron infundada la petición de un integrante del Comité de Participación Ciudadana para cobrar salario al ayuntamiento, además de extemporáneo porque en la convocatoria se puntualizó que sería un cargo honorífico y no lo impugnó a tiempo, dando por aceptadas las condiciones en las cuales participó.
MMCF