El Consejo de la Judicatura del Estado de México acordó evaluar el perfil profesional de los aspirantes a jueces y magistrados, a través de expertos encargados de aplicar, valorar e interpretar las pruebas psicológicas y psicométricas que sean necesarias para garantizar su perfil de idoneidad y aptitudes.
El acuerdo emitido por el máximo órgano del Poder Judicial mexiquense establece que los encargados de realizar las pruebas serán profesionales adscritos al TSJEM o externos, de instituciones reconocidas, quienes harán llegar los informes de resultados de las pruebas a los integrantes del Consejo.
- El Reglamento y la Ley Orgánica del Poder Judicial ya contemplan como instrumentos de evaluación el examen escrito de conocimientos teóricos-jurídicos, otro de conocimientos prácticos-jurídicos, una evaluación oral de conocimientos teórico-práctico-jurídico y el examen de perfil profesional que realizará el Consejo para las categorías que considere necesario.
Con este acuerdo lo que se busca es tener claras las reglas para valorar la calidad del sustentante en cuanto a su formación jurídica, ética y humana, auxiliándose por personal especializado, cuando así se considere conveniente.
Por esa razón el consejo determinó instrumentarlo en las categorías de magistrado y juez para la integración del perfil de idoneidad del concursante, respecto a los requerimientos de cargo establecidos en la cédula de identificación del puesto, así como las características de personalidad y atributos que el propio Consejo considere necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones.
- Los profesionales que llevarán a cabo los informes de resultados se manejarán estrictamente de manera confidencial y con protección de datos personales.
Estas pruebas se aplicarán a quienes hayan pasado las anteriores etapas de selección, como semifinalistas, para que el Consejo tenga elementos suficientes para la toma de decisiones con elementos y en atención a la alta responsabilidad social inherente de dichos cargos, para que las personas que ocupen los cargos de carrera judicial sean las idóneas para la categoría, en beneficio de la impartición de justicia.
KVS