En Edomex, Morena busca prohibir tratos denigrantes y castigos a menores de edad

Señalan que el castigo corporal y cualquier tipo de violencia como método correctivo o disciplinario en niñas, niños o adolescentes no se debe utilizar.

Consideran que los pellizcos, cachetadas, jalones de orejas sólo fomentan la violencia . (Especial)
Claudia Hidalgo
Toluca /

La bancada de Morena propuso al pleno legislativo del Estado de México, prohibir los castigos y tratos denigrantes a menores de edad, como parte de su educación familiar, escolar o en cualquier otro ámbito, por considerar que los pellizcos, cachetadas, jalones de orejas sólo fomentan la violencia y van en contra del interés superior del menor.

La presidenta en turno de la Legislatura, Karina Labastida Sotelo presentó una iniciativa de ley para incorporar la prohibición en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México y el principio de la no violencia como rector en su observancia, interpretación y aplicación.

En el documento que se turnó a comisiones para su análisis se establece que queda prohibido el uso del castigo corporal y cualquier tipo de violencia en todos los ámbitos como método correctivo o disciplinario a niñas, niños o adolescentes.

Agrega un artículo 30 bis donde se establece que “Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir libres de violencia, en todos los ámbitos para que se desarrollen de forma plena.

“Todas las personas que tienen a los niños, niñas y adolescentes bajo su responsabilidad, con la finalidad de cuidarlos, educarlos o vigilarlos, derivado de la patria potestad, tutela, guarda y custodia, la enseñanza, la educación, la salud o cualquier otro, tienen el deber de salvaguardar su integridad física y psicológica”.

Define al castigo corporal o físico como” todo aquel acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se use la fuerza física, golpes con la mano o algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve”.

El castigo humillante es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio o cualquier otro que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza o molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes.

Esto bajo la premisa de que tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y disciplina de su madre, padre o quien ejerza la patria potestad, tutela, guarda o custodia, así como del personal de instituciones de salud, educación, deportivas, religiosas, penales o de cualquier otra índole. Tampoco en los trabajos a donde acuden los menores con permiso especial.

Además, subraya que ningún método de educación tiene que ser violento, sino que tienen que ser basado en el diálogo y el respeto. Y por ello también plantea ajustes al Código Civil para incluir que los cónyuges deben formar a sus hijos basados en la crianza positiva, el amor, el diálogo y el respeto, quedando prohibido el castigo corporal, el castigo humillante y el ejercicio de cualquier tipo de violencia.

Incluso puede suspenderse la convivencia si se acreditan castigos corporales y humillantes, prohíben autorizar la reproducción asistida en un menor.

Todo esto para estar en concordancia con acuerdos internacionales y atendiendo los resultados de la Encuesta Nacional de Niños, Niñas y Mujeres en México (ENIM2015) donde se señala que seis de cada 10 menores de 14 años han experimentado algún método violento de disciplina infantil en sus hogares; uno de cada 15 ha recibido jalones de orejas, bofetadas, manotazos o golpes fuertes, 63 por ciento fueron sometidos a castigo psicológico, entre otras conductas violentas.

MMCF


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