Sancionan a Morena por falta de transparencia

Fue emitida por el TEEM y es resultado de un Procedimiento Sancionador ordinario por no haber resarcido algunos requerimientos que el órgano autónomo solicitó.

Omitió atender los requerimientos que le formuló el instituto. (Especial)
Mario C. Rodríguez
Toluca /

El partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en el Estado de México fue amonestado públicamente por no cumplir con las obligaciones que exige el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem) durante la verificación virtual ejecutada.

La sanción emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) es resultado de un Procedimiento Sancionador ordinario por no haber resarcido algunos requerimientos que el órgano autónomo solicitó al partido.

“Se observa que omitió atender los requerimientos que le formuló el instituto –Infoem- para subsanar las inconsistencias en el dictamen y en el cuerdo de incumplen de verificación virtual, de ahí que se ponga a consideración la sanción anunciada”, precisó la sentencia. Mantienen en 25 años edad mínima para consejero.

Durante la sesión hubo varios juicios relacionados a la Convocatoria para ocupar un cargo de consejera o consejero en los consejos distritales y municipales para el proceso electoral 2021 emitida por el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), pero los magistrados concentraron su esfuerzo en el expediente JDCL/159/2020.

El agraviado aseguró que sus derechos habían sido vulnerados, ya que la convocatoria expresamente pide 25 años cumplidos al momento de la designación, pero en este caso el quejoso tenía menos edad.

“Señala que se le vulnera su derecho a integrar un órgano electoral porque señala que es desproporcionado exigir 25 años cuando él tiene 24 y 8 meses y además cumple con el resto de los requisitos... creemos que la edad no debe ser un impedimento que tenga la juventud que tenga que acceder a estos órganos desconcentrados en esta entidad federativa”, expuso el magistrado Víctor Óscar Pasquel.

No obstante, sus homólogos consideraron oportuno que no se modifique la edad, toda vez que el principio que se emplea es el de la madurez y la experiencia, ya que en años anteriores se pidió y redujo la edad para este puesto. En este sentido, consideraron el agravio infundado y coincidieron en que 25 años son adecuados para éste y otros cargos de mérito.

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